Miércoles 15 de febrero de 2017, p. 14
Un juzgado federal amparó al ex gobernador de Nuevo León Rodrigo Medina de la Cruz, para el único efecto de que el juez de control que lleva su caso celebre una nueva audiencia de formulación de imputación, subsane vicios formales y dicte una nueva resolución en el asunto por el que se le imputa el delito de ejercicio indebido de funciones públicas
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Con esta decisión del juzgado quinto de distrito en materia penal, con sede en Monterrey, Nuevo León, quedó sin efecto la resolución dictada el 9 de agosto de 2016, que vinculó al ex funcionario a proceso por el delito de ejercicio indebido de funciones públicas, previsto y sancionado en el artículo 208, fracción VIII, incisos c) y d) del Código Penal del estado, en términos del diverso numeral 39, fracción I, del mismo ordenamiento legal.
Según precisó el juzgador federal, la sentencia no implica que haya sido juzgada la constitucionalidad del mismo en cuanto al fondo, precisamente por desconocerse sus motivos y fundamentos, por lo que no puede impedirse a la autoridad que emita un nuevo acto en el que purgue los vicios formales del anterior, el cual, en su caso, podría reclamarse en un amparo, entonces sí, por violaciones de fondo
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Por lo anterior, se ordenó al juzgado local que cite a las partes a una nueva audiencia, a fin de resolver acerca de la vinculación a proceso, subsanando los vicios formales
en que incurrió, como el hecho de que, al efectuar el análisis, “fue genérico respecto a todos los ilícitos que le fueron imputados –peculado, contra el patrimonio del estado y ejercicio indebido de funciones públicas–, omitiendo señalar que cada conducta tiene características específicas establecidas en la ley”.