Les solicitaba de manera insistente la presentación del padre biológico, señalan
Violó el derecho humano a la identidad, clave para ejercer otros derechos, asegura
Lunes 13 de febrero de 2017, p. 31
A una pareja de mujeres casada legalmente, que intentó registrar a su hijo en la Ciudad de México, se le negó este servicio público, por lo que tuvo que intervenir la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), la cual advirtió que se negó el derecho al reconocimiento de la identidad del menor.
El organismo conoció el caso cuando las madres del niño denunciaron que el juez Juan Salazar Acosta, titular del juzgado 40 del Registro Civil de la delegación Iztapalapa, se negó a realizar la inscripción del nacimiento del menor.
El juez les pedía de manera insistente la presentación del padre biológico, a pesar de que presentaron la documentación que probaba que había sido concebido por una de las madres mediante inseminación artificial; asimismo, les solicitó el certificado de nacimiento expedido por la instancia médica respectiva y su acta de matrimonio civil, mismos que le presentaron al momento.
La CDHDF consideró que la actuación del juez del Registro Civil violó el derecho humano a la identidad, que es clave para el ejercicio de otros derechos humanos, como los que norman salud y seguridad social, e incurrió en un acto de discriminación al no existir razones jurídicas que justificaran su negativa y a que se trataba de un niño hijo de mujeres con orientación sexual distinta a la heteronormativa.
Por ello, personal de la cuarta visitaduría general de la comisión acompañó a las madres y a su hijo ante la Dirección General del Registro Civil para requerir a la autoridad responsable que se realizara el registro del nacimiento del niño y que se les garantizara la expedición de la copia certificada del acta respectiva.
El organismo informó que existió una coordinación con autoridades de la Consejería Jurídica, que mostraron disposición para atender el asunto y generar herramientas que permitan estandarizar los procesos de registro de infantes en toda la ciudad.
En 2009, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la reforma al artículo 146 del Código Civil, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, otorgando los mismos derechos y obligaciones para las o los contrayentes en relación con su derecho a tener una familia.
Autoridades de la CDHDF explicaron que por ello el juez del Registro Civil debió considerar lo señalado por el artículo 63 del mismo ordenamiento, donde se estipula que se presume, salvo prueba en contrario, que un hijo nacido en matrimonio es hijo de los cónyuges
, el cual debió aplicar bajo el principio de igualdad y no discriminación, sin considerar la orientación sexual del matrimonio.
En octubre de 2012, la CDHDF acompañó la inscripción y expedición del acta de nacimiento de una niña de seis meses, cuyas madres lograron realizar el trámite en las oficinas de la Dirección General del Registro Civil, ya que no pudieron hacerlo en el juzgado que les correspondía de acuerdo con su domicilio.