Antes de la pifia, El Bronco se congratuló del trabajo de la Fiscalía Anticorrupción
Juzgado de distrito declaró improcedente la prisión cautelar
El riesgo de que el ex mandatario priísta escape es menor
y los delitos que le imputan no son considerados graves, argumenta
Viernes 27 de enero de 2017, p. 27
El priísta Rodrigo Medina de la Cruz se convirtió en el primer ex gobernador de Nuevo León en pisar una prisión, pero sólo estuvo en ella unas horas. El juez ordenó su libertad inmediata por considerar que se violó la protección que la justicia federal le concedió. El ex mandatario abandonó la cárcel minutos antes de las 23 horas.
Luego de una audiencia que comenzó a las 21 horas del miércoles y terminó a las 3:30 del jueves, un juez del fuero común lo vinculó a proceso penal por peculado y daño patrimonial por 3 mil millones de pesos.
El ex mandatario, quien durante su sexenio presumió su cercanía con el presidente Enrique Peña Nieto, fue internado en el penal de Topo Chico con el número de interno 0238 y el reglamentario uniforme naranja.
Para evitar la prisión preventiva, el juez pidió al ex gobernador que depositara 3 mil millones de pesos, monto que, según el actual gobierno, resarciría el daño presuntamente causado al erario estatal por haber otorgado incentivos ilegales y exenciones de impuestos a la armadora coreana de automóviles Kia Motors.
De acuerdo con las autoridades se entregaron incentivos por encima de la ley para lograr que la empresa se asentara en el municipio de Pesquería.
No sopló el tornado
La investigación forma parte de la Operación Tornado, iniciada el año pasado. Esta indagatoria involucra a 30 ex funcionarios, así como a familiares y amigos del ex mandatario, acusados de corruptelas en la compraventa de terrenos entregados a Kia y por presuntos apoyos ilegales a esa empresa con cargo al erario.
Por la noche, sin embargo, el juzgado quinto de distrito en materia de amparo, con sede en Nuevo León, ordenó la liberación inmediata del ex gobernador. El juzgado federal determinó –como parte del juicio de amparo 39/2017, promovido por la defensa del ex mandatario– que el juez de control del fuero común no debió enviar a prisión preventiva al ex gobernador durante 30 días, y ordenó que las cosas vuelvan al estado que tenían al momento de concederse dicha suspensión, esto es, proveer libertad e informar de inmediato a este juzgado de distrito del cumplimiento, apercibido de que de no hacerlo se le impondrá una multa de 100 a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización al momento de realizarse la conducta sancionada
, informó el Consejo de la Judicatura Federal.
Durante el día, el gobernador Jaime Rodríguez Calderón celebró la decisión de encarcelar a Medina de la Cruz. En su cuenta de Facebook escribió: Raza: hoy la Subprocuraduría Anticorrupción da un paso histórico para este estado. Se seguirá trabajando fuerte. Que no les quede la menor duda de que este gobierno está para servir al pueblo de Nuevo León.
Una de las promesas de campaña de El Bronco fue que combatiría la corrupción y encarcelaría a su antecesor, pero la defensa del ex funcionario ha sido más convincente que la fiscalía.
El juez Miguel Ángel Eufracio Rodríguez decidió imponer prisión preventiva a Medina de la Cruz durante un mes, aunque la fiscalía pedía cuatro. Para determinar la prisión cautelar, el togado consideró que el priísta podía escapar por no vivir en el estado y porque las penas de los delitos que se le imputan ameritan penas de uno a 12 años de prisión.
Entre los argumentos que tomó en cuenta el juez federal que ordenó la liberación destaca que el juez de control de Nuevo León señaló en su informe: Los hechos constitutivos que se reprochan al promovente (Rodrigo Medina) son de naturaleza dolosa y atentan contra el patrimonio del Estado
.
Respecto del riesgo de que el quejoso se sustrajera de la acción de la justicia, estimó que era menor, pues ya ha comparecido en el proceso, y por lo que hace a la reparación del daño, informó que asciende a 3 mil 567 millones 967 mil 469 pesos, además de que el delito que se le atribuye no es considerado grave ni merece prisión preventiva oficiosa.
Entrevistado después de la prolongada audiencia, Alonso Aguilar Zínser, uno de los defensores del abogado nacido en 1972 en Monterrey, dijo que el juez, en forma infundada y cuestionable
, violó la suspensión que impedía aplicar medidas cautelares, lo que denunciaron ante el juzgado quinto de distrito, el cual ordenó su libertad.