Garantizan en la carta magna el derecho a la protesta social
Viernes 6 de enero de 2017, p. 32
El pleno de la Asamblea Constituyente aprobó ayer dar mayor valor al voto ciudadano al incorporarlo a la constitución de la Ciudad de México como sufragio efectivo
, calidad que no contemplaba antes en las leyes locales.
En la sesión ordinaria de este jueves, los legisladores aprobaron en lo general y en lo particular el artículo 12, ciudad garantista
, y sólo en lo general el artículo 13, ciudad educadora
.
Dentro del artículo 12 también quedaron garantizados los derechos a la protesta social y la manifestación pública, que se ejercerán de manera pacífica sin afectar los derechos de terceros.
Varios diputados constituyentes trataron de modificar ese artículo, sobre todo en su apartado F, numeral 4, para tratar de fijar regulaciones más estrictas para las marchas y manifestaciones en esta capital, como el constituyente Héctor Bonilla, quien propuso crear un tribunal social para avalar las manifestaciones e incluso crear un marchodrómo, lo cual fue rechazado.
De acuerdo con lo estipulado en ese artículo, las autoridades locales fijarán los protocolos correspondientes basados en las leyes locales y en los protocolos internacionales.
Como parte de estos derechos quedó estipulado también en la carta magna local, la libertad de expresión, dentro de la cual se protege a los periodistas, la no revelación de sus fuentes y se incluye la cláusula de conciencia
, con la que los profesionales de la comunicación podrán negarse a publicar o investigar temas que vayan en contra de sus convicciones.
De la misma manera y por voto mayoritario se incluyó también la libertad de reunión y asociación con fines pacíficos para promover, ejercer y proteger intereses u objetos lícitos
.
Por último, en la constitución se incluyó una nueva calidad para el voto ciudadano, que si bien era secreto y universal en los ordenamientos locales, se agregó el de efectivo
, con lo cual, se consideró, adquiere mayor valor político.