La estructura de la dependencia no propiciará más burocracia, afirma Rafael Tovar
A ocho meses de la creación de esa dependencia, al fin cuenta con normativa interna
Los derechos de los trabajadores del sector serán respetados y aquéllos formarán parte integral de la permanencia y renovación de las instituciones culturales, asegura el funcionario
Miércoles 9 de noviembre de 2016, p. 3
Este miércoles entra en vigor el reglamento de la Secretaría de Cultura federal, que ayer fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a ocho meses de la creación de esa dependencia.
Esa normativa, que fue firmada por el presidente Enrique Peña Nieto el 4 de noviembre, propone instaurar dos subsecretarías y un par de nuevas direcciones generales, las cuales no crearán más burocracia
, afirmó Rafael Tovar y de Teresa, titular de esa secretaría.
Consta de ocho capítulos y 35 artículos en los que se dispone que habrá una subsecretaría de desarrollo cultural, otra de diversidad cultural y fomento a la lectura, así como una oficialía mayor, una unidad de asuntos jurídicos, y 12 direcciones generales, entre las que están las de asuntos internacionales, de bibliotecas, del Centro Nacional de las Artes, de comunicación social, de culturas populares, indígenas y urbanas, de la Fonoteca Nacional, de promoción y festivales culturales, de publicaciones, de sitios y monumentos del patrimonio cultural, de vinculación cultural, de administración y de tecnologías de la información y comunicaciones.
Como órganos administrativos desconcentrados quedan los institutoa nacionales de Antropología e Historia, de Bellas Artes y Literatura, de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, el Nacional del Derecho de Autor, y Radio Educación.
Por evitar inercias
En un comunicado, Tovar y de Teresa señaló que con la publicación del reglamento culmina un proceso determinante
en la construcción de la dependencia y dijo que se cumplirá con dos compromisos hechos ante el presidente Peña Nieto de no crear más burocracia y conforme se avance en los temas del reglamento reorientar recursos para proyectos innovadores, evitando programas inerciales
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Indicó que hay además el compromiso de no afectar los derechos de los trabajadores; por el contrario, es nuestro propósito respetarlos como parte integral de la permanencia y renovación de las instituciones culturales
.
En otras líneas del comunicado se explica que el reglamento interior que a partir de hoy regirá la estructura orgánica del sector es el resultado de un cuidadoso trabajo de diagnóstico, diseño y planeación de la Secretaría de Cultura
en colaboración con las de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, con la Comisión Federal de la Mejora Regulatoria y con la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.
“El reglamento interno publicado en el DOF determina la estructura de la secretaría; las áreas responsables de ejercer las atribuciones que se le asignaron; los funcionarios que auxiliarán al secretario y las facultades indelegables de éste, así como las atribuciones de las unidades administrativas.
La Secretaría de Cultura nace integrada por dos subsecretarías sustantivas: la subsecretaría de desarrollo cultural y la subsecretaría de diversidad cultural y fomento a la lectura.
Tovar consideró que con la publicación del reglamento se da un paso histórico en el fortalecimiento del sector cultura y arte, de gran trascendencia para lograr que la cultura se eslabone realmente con las políticas integrales y transversales del Estado
.
El reglamento dispone que el secretario de Cultura será suplido en sus ausencias por los subsecretarios de desarrollo cultural, de diversidad cultural y fomento a la lectura, o por el oficial mayor, en ese orden.
También se enuncia que la Secretaría de Cultura podrá contar con órganos administrativos desconcentrados que le estarán jerárquicamente subordinados y a los cuales se le otorgarán las atribuciones específicas para resolver sobre determinada materia o para la prestación de servicios, dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso
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Esos órganos, de acuerdo con el artículo 27, se regirán por sus instrumentos jurídicos de creación, así como por las disposiciones de este reglamento, las señaladas en otros ordenamientos jurídicos aplicables y las que, en su caso, le encomienden el Presidente de la República o el secretario. En ese caso están el INAH y el INBA.
Con la publicación del reglamento queda pendiente que Tovar nombre al nuevo titular del INAH, cuyo despacho está a cargo del antropólogo Diego Prieto, que designe a quiénes estarán al frente de las dos subsecretarías, la oficialía mayor y asuntos jurídicos, así como de la naciente dirección general de tecnologías de la información y comunicaciones, y que ratifique o nombre nuevos responsables de las demás áreas administrativas.