Es inconstitucional, afirman juristas, politólogos y expertos
Comisiones del Senado aprueban la iniciativa de PRI, PAN y PRD
Hoy la votará el pleno
Miércoles 26 de octubre de 2016, p. 8
De forma acelerada avanza en el Senado la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación presentada por los coordinadores de PRI, PAN, PRD y PVEM con el propósito de aumentar el periodo para el que fueron electos cuatro de los siete magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La iniciativa que modifica el artículo cuarto transitorio de la ley fue presentada ayer por la mañana ante el pleno senatorial, que de inmediato la turnó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, las cuales la aprobaron fast track por la tarde, sin discusión pública.
La intención, comentó Emilio Gamboa Patrón, coordinador de los senadores del PRI, es que la iniciativa que presentó conjuntamente con el panista Fernando Herrera, el perredista Miguel Barbosa y Carlos Alberto Puente Salas, del PVEM, se apruebe en la sesión de este miércoles.
La modificación tiene como finalidad que la gestión de dos magistrados electos el pasado día 20 por el Senado para un periodo de tres años –José Luis Vargas e Indalfer Infante– aumente a siete, por lo que concluirán su encargo el 31 de octubre de 2023.
Asimismo, plantea que la gestión de otros dos magistrados electos por seis años –Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, propuestos por PRI y PAN, respectivamente– se incremente a ocho y que concluya el 31 de octubre de 2024.
Acerca de los tres magistrados restantes, ejercerán su encargo en los mismos términos en que fueron electos por el Senado
, es decir, estarán nueve años en el cargo y concluirán su gestión el 31 de octubre de 2025.
En la iniciativa, que también fue suscrita por los presidentes de las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, Fernando Yunes y Angélica de la Peña, respectivamente, los coordinadores argumentan que el artículo 99 constitucional permite al legislador cambiar las reglas y el procedimiento para la elección escalonada de magistrados de la sala superior del TEPJF, excepto en el plazo máximo de nueve años, que debe interpretarse como el límite de tiempo que podrán ejercer el encargo.
Además, sostienen que establecer un escalonamiento de nueve, ocho y siete años, en lugar de nueve, seis y tres, garantiza la estabilidad judicial y permite una sana convivencia entre la experiencia adquirida de los (magistrados) que se quedan y la frescura de los que llegan
.
Permite también la evolución de los criterios jurisprudenciales, sin llegar al extremo de que la nueva composición derive en un cambio tajante
, porque este extremo únicamente propiciaría inseguridad jurídica
.
El nuevo escalonamiento, se insiste, favorecería la pluralidad de criterios que conforman
el TEPJF, lo que mejora la calidad
de sus resoluciones.
Duro golpe a la legitimidad del tribunal
Claudia Herrera Beltrán y Jesús Aranda
La reforma que promueven PRI, PAN, PRD y PVEM para ampliar fast track los periodos de gestión de los futuros magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es inconstitucional y un duro golpe a la legitimidad de la integración del organismo cuando están en puerta las elecciones de 2018, afirmaron juristas, politólogos e investigadores.
Algunos de ellos impulsaron una petición para frenar dicha reforma con el lema #SinCuotasNiCuates, porque se trata de una iniciativa con nombre y apellido que violaría la Constitución, que dañaría la legitimidad del Tribunal Electoral y que sólo reforzaría la idea de que en la designación se siguió una lógica de cuotas partidistas
.
Por su parte, el presidente del PAN, Ricardo Anaya, dijo estar en favor de la propuesta de ampliar el periodo de los magistrados elegidos para un periodo de tres años por el Senado.
Entrevistado ayer en la sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Anaya afirmó que los periodos de tres años son un error, son demasiado cortos, debe haber estabilidad para los magistrados, porque hay que recordar que cuando concluyan su cargo, durante dos años no pueden dedicarse a la actividad profesional
. Agregó: sí habría apertura a que revisemos el asunto con disposición
.
Hugo Concha, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, planteó en entrevista que la propuesta es ilegal, porque un acuerdo político no puede ir más allá de lo que establece un acto consumado, marcado en sus tiempos por la propia Constitución
.
De aprobarse, explicó, se violaría el artículo 13 constitucional, que prohíbe que se hagan leyes dirigidas a personas en lo particular.
Impulsan campaña para frenar la propuesta
Javier Martín Reyes, maestro en Ciencias Políticas por la Universidad de Columbia, forma parte del grupo de 20 juristas, politólogos y políticos que promueven desde ayer una petición en la plataforma change.org, que anoche rebasaba las mil 200 firmas.
Explicó a La Jornada: El TEPJF, así como muchas instituciones electorales y judiciales, tiene una profunda crisis de credibilidad y si esta reforma llega a pasar sería un golpe durísimo a la legitimidad de los magistrados
.
Alejandro Madrazo Lajous, del Centro de Investigación y Docencia Económicas, señaló que los futuros magistrados deberían ser los primeros en pronunciarse contra la extensión de su mandato, porque los jueces deben de ser y parecer imparciales
. Dijo que los partidos inconformes pueden presentar acciones de inconstitucionalidad ante la SCJN y los ciudadanos recurrir a juicios de amparo.
Por otra parte, el presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza dijo que es muy respetuoso
del proceso que lleva a cabo el Senado sobre el tema. Sin embargo, explicó que hay parámetros para conformar nuestro bloque de constitucionalidad, fundamentalmente del Sistema Interamericano
, que establecen las cuestiones que deben observarse en los procesos de designación de jueces en tribunales límite
.
El primer parámetro es que México escogió la intervención de dos poderes constitucionales en la elección de los magistrados; el segundo es un término o plazo razonable de durabilidad en el desempeño del cargo
, es decir, términos adecuados de 10, 15, 12 años
para asegurar la garantía de independencia judicial, y el tercero es garantía contra presiones externas.