reocupa que sintomáticamente siga habiendo elementos castrenses, incluso de alto rango, que de manera errónea o tergiversada culpen de causante de la impunidad al nuevo sistema acusatorio de justicia penal en el país, como expresó abiertamente hace algunos días un general del Ejército en uno de los estados del norte. Con ello no sólo no se advierte que posiblemente se esté denunciando, en efecto, la arbitraria puesta en libertad de presuntos delincuentes, sino sobre todo que se sigue corriendo el riesgo de criminalizar a personas inocentes, dejando en libertad a los verdaderos culpables. Tal conducta puede deberse entre otras cosas –ciertamente– a posibles fallas en la aplicación de una reforma constitucional por los agentes judiciales, quienes deben seguir siendo diligentemente capacitados para su adecuado manejo; a la falta de conocimiento y experiencia en la persecución del delito, sin violentar derechos humanos; a vicios inveterados en la persecución del delito y la procuración de justicia –como la práctica de la tortura–, pero también a la inconveniencia de que las fuerzas militares se encarguen de labores de seguridad pública, pretendiendo exacerbar al mismo tiempo las funciones de su propio sistema de justicia.
Es importante recordar que ante las deficiencias que presentaba el sistema de justicia penal inquisitivo en México, como violaciones al debido proceso, retraso judicial, saturación de expedientes, corrupción e impunidad, en junio de 2008 se realizaron diversas reformas constitucionales que trajeron como consecuencia transformaciones en dicho sistema. Estas reformas implicaron la transición de un sistema de justicia inquisitivo mixto en uno acusatorio, que tiene por objeto el esclarecimiento de los hechos, la protección del inocente, procurar que el culpable no quede impune y la reparación de los daños causados por el delito. A ello se suma el mejoramiento del desempeño profesional de los operadores judiciales en la procuración e impartición de justicia; el reconocimiento, respeto y protección de los derechos humanos durante todo el juicio, y la aplicación de los principios procesales de oralidad, inmediación, publicidad, contradicción, igualdad, concentración y continuidad. Para la implementación de este nuevo sistema de justicia fue necesario capacitar a quienes lo operan, crear o adaptar nuevas instalaciones y equiparlas, y realizar cambios o ajustes legislativos y financieros. Luego de cumplirse el término constitucional de ocho años que se había previsto para ello, en junio de 2016 terminó de entrar en vigencia en todo el país.
Sin embargo, su implementación total aún tiene varios pendientes. Uno de ellos, fundamental, es el gasto propuesto por el Ejecutivo para la función de seguridad pública a la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el cual incluye las fases de prevención del delito, procuración y administración de justicia, sanción y reinserción social, y, como vigilante del escrupuloso cumplimiento de los derechos humanos en todo el sistema, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Y es que en el presupuesto del 2016 el anexo Acciones para la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos era el que hacía mayor referencia a la prevención del delito, rubro importante en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, al que corresponde la actuación de la policía preventiva y la de investigación. Ello no obstante, en el Proyecto de Egresos de 2017 este rubro desaparece completamente, a pesar de que esta reforma sigue suponiendo grandes cambios en cuanto a rancios patrones de conducta y prácticas institucionales, pues se siguen repitiendo en la actuación de las policías y en el sistema de procuración y administración de justicia violaciones procesales, detenciones arbitrarias, tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, como lo manifestó Juan E. Méndez, relator contra la Tortura de la ONU, al presentar en Ginebra un informe en el que señala que la tortura es generalizada en México, y que ocurre, con fines de castigo e investigación, en un contexto de impunidad, especialmente desde la detención hasta la puesta a disposición de la justicia. No debemos olvidar que la implementación del sistema penal acusatorio deja atrás también la idea de la readaptación social, para dar paso a la de reinserción social, la cual reconoce a las personas sentenciadas como sujetos de derechos.
Sin embargo, las personas privadas de la libertad siguen estando violentadas en sus derechos humanos, pues, entre otras cosas, las prisiones en México presentan altos niveles de sobrepoblación y corrupción, lo que imposibilita condiciones dignas para vivir. Y ello sin hablar de las deficiencias cuantitativas y cualitativas en el servicio de la defensoría pública. Debe reconocerse que para que un sistema penitenciario funcione adecuadamente se precisan dos factores que se encuentran ligados al trato digno en prisión. A saber, la disponibilidad de espacios físicos con instalaciones apropiadas, y la existencia de personal penitenciario capacitado y con condiciones laborales dignas. Somos conscientes de que para la consolidación del nuevo sistema de justicia penal en todo el país se requiere tiempo, voluntad, cambio de mentalidad en las personas que lo operan, y la exigencia ciudadana constante a las instituciones involucradas. Sin embargo, también pensamos que los nuevos mecanismos de justicia penal, bien utilizados, y con el apoyo de suficientes recursos financieros, administrados y distribuidos de manera honesta y eficiente, permitirán una investigación y procuración e impartición de justicia adecuada.