Jueces de la Coridh analizan el tema en la UNAM a seis años de haber emitido el fallo
avances significativospara cumplir la sentencia
Sábado 3 de septiembre de 2016, p. 6
A seis años de que fue emitida la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) sobre la detención arbitraria y tortura a los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, el Estado mexicano ha incumplido con tres medidas de reparación del daño.
Éstas son: la obligación de investigar y sancionar los actos de tortura de que fueron víctimas, implementar un registro de personas detenidas y adecuar los alcances del fuero militar a los estándares de la convención americana para que sólo investigue y juzgue delitos y faltas contra la disciplina castrense.
En audiencia privada, celebrada ayer en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, jueces de la Coridh analizaron el caso, donde la defensa jurídica de las víctimas –representada por los centros de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) y por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil)– cuestionaron la falta de avances significativos
del Estado mexicano para cumplir con la sentencia, emitida en 2010.
Stephanie Erin Brewer, coordinadora del área internacional del Prodh, resaltó en entrevista que si bien el Ejército detuvo arbitrariamente a los integrantes de la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán y Coyuca de Catalán, Guerrero, en 1999, y fueron acusados mediante delitos fabricados, no es un caso complejo porque algunos de los victimarios están plenamente identificados por las víctimas
.
Además, añadió en entrevista, hay pruebas tanto médicas como indiciarias que muestran la tortura. Entonces, la exigencia de las víctimas es la continuación del caso, que se ejercite acción penal
.
Indicó que durante la audiencia explicaron a los jueces de la Coridh que en cuanto al fuero militar seguimos como antes
, a pesar de que la instancia internacional pronunció que la reforma parcial al Código de Justicia Militar, de 2014, todavía no cumple plenamente con la Convención Americana, por lo cual las autoridades militares pueden seguir indagando casos que no les corresponden
.
Expusimos por ejemplo, agregó Erin Brewer, el caso Tlatlaya, en el que existen dos investigaciones paralelas, dos procesos penales paralelos sobre los mismos hechos, uno en el fuero militar y uno en el fuero civil
.
Acerca del registro de personas detenidas señalamos como problema central que los registros existentes no son de detenciones, sino de puestas a disposición, aunque sabemos que justo el tiempo entre estas dos etapas es cuando se cometen más actos de tortura
.
Por ello, agregó, señalamos la necesidad de avanzar en la presentación de un sistema de registro de personas detenidas en tiempo real.
La defensora resaltó que los criterios de la Coridh sobre este caso han sido retomados por el Poder Judicial de la Federación sobre cómo proceder ante una denuncia de tortura por parte de una persona procesada o cómo excluir una prueba obtenida bajo esa práctica
. Los jueces de la Corte también escucharon durante a la audiencia, los alegatos del Estado mexicano.