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Inhiben el ejercicio de la libertad de expresión, señala Perla Gómez

Restricciones a la movilidad en la capital, anticonstitucionales

La CDHDF impulsará acciones para que la Asamblea las derogue

 
Periódico La Jornada
Sábado 20 de agosto de 2016, p. 30

Tras la ratificación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a los artículos de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, la Comisión de Derechos Humanos Distrito Federal (CDHDF) impulsará acciones para que la Asamblea Legislativa modifique o derogue los artículos 213 y 214, que se refieren a los límites para la realización de manifestaciones en vías primarias de circulación continúa y la acción de la autoridad para evitar bloqueos.

La presidenta de la CDHDF, Perla Gómez Gallardo, expuso que a pesar de que el máximo tribunal del país no haya invalidado los referidos artículos, éstas son restricciones que no se encuentran previstas en la Constitución mexicana, porque en ésta no se limita la posibilidad de reunirse para protestar en determinados espacios.

Entrevistada después de dar a conocer las recomendaciones 10 y 11/2016, la ombudsman indicó que el organismo a su cargo seguirá insistiendo, porque las referidas disposiciones inhiben el ejercicio de la libertad de expresión.

La ombudsman explicó que de la misma forma que argumentaron los casos del Código Penal por los delitos de ultrajes a la autoridad y ataques a la paz pública –utilizados para la detenciones arbitrarias de personas a quienes se iniciaron responsabilidades penales, aunque posteriormente fueron absueltas– manejarán los artículos de la Ley de Movilidad ante la Asamblea.

En el caso de la derogación de estos dos artículos, que también impugnó la comisión, pues estaríamos en los mismos esquemas, presentarlos como referencias de que obstaculizan el ejercicio de la libertad de expresión, apuntó.

Comentó que la SCJN ya empezó el ejercicio para armonizar los derechos de la Ley de Movilidad, porque si bien dijo que era válido el aviso para realizar una manifestación, “también dijo que ese aviso no necesariamente debe tener conse- cuencias negativas.

Eso es lo que más queremos destacar, en el caso de un criterio que razonó la Suprema Corte, pero más allá de lo que ya está en el debate de la controversia constitucional, en el caso de la Ciudad de México el propio órgano legislativo tiene la plena facultad de revisar de manera integral la ley, añadió la presidenta.

El organismo sigue con la revisión del pronunciamiento que hizo la SCJN, pero vamos ya en la ruta del acercamiento con el Poder Legislativo, porque dado que ya razonó así la Corte, más lo que tenemos determinado en diferentes recomendaciones, tienen los mejores elementos para que se evite una regulación restrictiva o violatoria de un derecho humano, en este caso de la libre expresión, concluyó Perla Gómez.