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Avaló modificar su portal después de resolución del TEPJF

No ha cumplido INE acuerdo para evitar censura previa
 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de mayo de 2016, p. 11

Los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) acordaron modificar un portal de Internet en el que se difunden con anticipación los promocionales de los partidos, a fin de no ejercer censura previa sobre éstos. Sin embargo, la resolución no se cumplió, lo que provocó que la sociedad no conociera al menos cinco espots de radio y televisión.

El consejero José Roberto Ruiz Saldaña, integrante de la Comisión de Quejas y Denuncias, explicó que desde la primera resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que impidió la difusión de anuncios presuntamente calumniosos hacia Miguel Ángel Yunes, se tomó esa decisión para evitar violar la Constitución al ejercer censura previa. Lamentó que por esta causa cinco o seis espots no hayan llegado a la sociedad, lo que altera el modelo de aplicación de medidas cautelares.

Se acordó en mesa de consejeros, lo que no ha sucedido, subir los espots al portal de pautas al mismo momento en que se empiezan a difundir, para evitar que se difundan en Internet antes y se genere el problema de censura previa, comentó.

Durante más de un lustro, el INE no aceptó bajar del aire los promocionales de contenido calumnioso antes de su transmisión en radio y televisión.

Sin embargo, el 5 de mayo el TEPJF emitió la resolución SUP-REP-70, avalando el retiro de dichos anuncios con el argumento de que ya se difundían en un casi desconocido portal de Internet del INE.

Comentó que los consejeros alcanzaron un acuerdo el martes siguiente de la resolución y no se fijó un plazo para hacerlo, pero quedó en el entendido de que sería pronto.

Ruiz Saldaña explicó que esta situación sigue ocurriendo y por eso él ha emitido votos particulares en contra de ejercer censura previa, aun cuando la sala superior del TEPJF haya ordenado retirar anuncios por estar en una página de Internet.

Consideró que los consejeros electorales pueden tomar distancia respecto de lo que determinen las salas del tribunal y puso por ejemplo una resolución de la regional especializada sobre el interés superior del menor, luego corregida por la sala superior. Podemos hacer más cosas antes de irnos en automático con lo que dice la sala superior. Si ésta dice que nos aventemos a un precipicio, no nos vamos a aventar, expresó.

Manifestó su extrañeza sobre el criterio del TEPJF, porque en sus resoluciones primero ensalza la prohibición de la censura previa, pero luego la justifica. Son derechos de libertad que se conquistaron hace siglos para evitar que autoridades pudieran acotar los debates públicos, el cuestionamiento mismo del poder. Son derechos civiles, junto con la libertad de pensamiento, de tránsito o de expresión.