Jueves 21 de abril de 2016, p. 13
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó su decisión sobre el amparo presentado por la Red en Defensa del Derecho Digital (R3D) contra diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que obligan a las concesionarias a conservar un registro de datos sobre las comunicaciones de los usuarios, además del deber de proporcionar a las autoridades la localización geográfica de los teléfonos celulares. El proyecto de dictamen elaborado por Alberto Gelacio Pérez Dayán niega el amparo a la demandante con el argumento de que el Estado mexicano está facultado para limitar el derecho humano a la protección de datos personales, siempre y cuando se establezca en los términos que fije la ley
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