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La base de datos enriquecida por la SCT tiene que inmovilizarse, considera

Inai: la Sedesol no debe usar el padrón de beneficiarios del programa de tv digital
 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de abril de 2016, p. 16

Con la recomendación a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de que inmovilice la base de datos de 11 millones de beneficiarios del programa de Televisión Digital Terrestre que obtuvo de manera ilegal, no ha concluido la actuación del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Inai) en el caso.

Tras conocerse que este padrón fue enriquecido y devuelto irregularmente a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), ahora el instituto se abocará a impedir que la dependencia encargada de los programas sociales haga uso de él.

Concluida la investigación presentada al pleno del Inai el pasado jueves, el organismo detectó la transferencia de la base de datos enriquecida de la SCT a la Sedesol, por lo que ahora iniciará una segunda etapa para que las huellas dactilares y de las fotografías de 11 millones de usuarios no puedan utilizarse.

La disposición no fue considerada en de la recomendación aprobada, pero es considerada inapropiada.

Al tratase de datos muy sensibles, advierte el comisionado del Inai, Francisco Javier Acuña, levantados bajo una cadena de errores, pero que en los hechos fueron acciones fuera de la ley –como obtener la información sin el consentimiento expreso de los ciudadanos–, es necesario impedir que se siga utilizando o se pueda reproducir otra vez.

Originalmente para la instrumentación del mencionado programa, la Sedesol, encargada de la política social, facilitó a la SCT el padrón de beneficiarios. Sin embargo, como requisito para la entrega de las televisiones digitales a personas de escasos recursos, en el contexto del denominado apagón analógico, la SCT requirió información que iba más allá del propósito del programa, al obtener las huellas dactilares.

Aunado a esto tampoco realizó un acuerdo previo con la Secretaría de Gobernación, que debió otorgar un aval a esa pretensión. Bajo las condiciones en que se levantó, se rompieron principios de licitud, proporcionalidad y consentimiento para el uso de datos personales.

Acuña indicó que al constatar que el padrón fue devuelto ya enriquecido por SCT a Sedesol, el instituto consideró que las acciones deben ir más allá de las recomendaciones para evitar el uso indebido tanto por la Secretaría de Comunicaciones y como por la de Desarrollo Social. Refirió que bajo el marco legal actual, el Inai no puede ir más allá de las recomendaciones en aquellos casos donde haya abuso en el manejo de los datos personales.

Sin una ley general ni federal que rija expresamente la protección de datos personales en posesión de autoridades, el Inai aplica disposiciones constitucionales y artículos contenidos en la Ley Federal de Transparencia para instrumentar medidas de protección.

De ahí que para el Inai sea necesario aprobar una legislación en la materia que fortalezca la capacidad de protección de datos personales, dijo el comisionado.

Se requiere que el Inai pueda ordenar la instrumentación de medidas precautorias para la protección de la base de datos personales y, más que recomendar, ordenar el bloqueo o la inmovilización de estos instrumentos en casos como el del referido programa.

En los próximos días se reunirá la comisión del ramo –la cual integran, además de Acuña, Patricia Kurzcyn y Areli Cano– para diseñar las acciones a seguir.