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Respalda Consar la acción para garantizar la competencia entre las administradoras

Emplaza la Cofece a varias Afores por recurrir a prácticas monopólicas absolutas
 
Periódico La Jornada
Miércoles 6 de abril de 2016, p. 31

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emplazó a diversos agentes económicos por su probable responsa- bilidad en prácticas monopólicas absolutas en el mercado de prestación de servicios de la administración de fondos para el retiro de los trabajadores (Afores) en territorio nacional.

Al conocer el anuncio de la Cofece, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) respaldó la actuación del organismo regulador porque, dijo, se trata de garantizar la sana competencia en el mercado de las Afores en beneficio de los ahorradores.

Aseguró que colaborará con la Cofece en lo que le sea requerido, al igual que lo hizo en la primera etapa del proceso, y destacó que su compromiso es promover la sana competencia entre los participantes del Sistema de Ahorro para el Retiro, en beneficio de sus ahorradores.

Las prácticas monopólicas absolutas son acuerdos ilegales entre agentes económicos que dañan la competencia. Dichos agentes pueden ser personas físicas o morales, dependencias o entidades de gobierno, cámaras o asociaciones, de acuerdo con la Cofece.

Concluida la etapa de investigación, en el dictamen de probable responsabilidad que emitió la autoridad investigadora de este órgano regulador, que fue presentado al pleno, se señaló que existen elementos de convicción suficientes para presumir que los agentes económicos emplazados habrían probablemente incurrido en prácticas monopólicas absolutas.

Con este pronunciamiento la Cofece iniciará un procedimiento que se realizará en forma de juicio, en el que la secretaría técnica de la comisión hará la defensa del dictamen, mientras las Afores involucradas presentarán elementos y pruebas en contra del dicho de la autoridad y en defensa propia.

La Cofece abundó en que la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) considera prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios o arreglos de agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.

Por ley, las prácticas monopólicas absolutas pueden ser sancionadas con penas de cinco a diez años de prisión; multas hasta por 10 mil salarios mínimos; multas equivalentes al 10 por ciento de los ingresos de un agente económico. Para quienes hayan coadyuvado en la comisión de una práctica monopólica absoluta la multa puede ser hasta por 80 mil salarios mínimos, y en el caso de directivos involucrados también puede aplicar la inhabilitación para ejercer en ese tipo de cargos hasta por cinco años.