Domingo 3 de abril de 2016, p. 7
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deberá juzgar con perspectiva de género y reparar el daño a las víctimas. Además, adoptar tesis en favor de la protección de los derechos político-electorales de las mujeres.
En caso de que el ejercicio de los derechos político-electorales sea obstaculizado, las autoridades o partidos políticos podrán ser sancionados conforme a la ley que resulte aplicable.
Si el acto proviene de un partido, los órganos disciplinarios internos y los organismos públicos locales electorales podrán imponer sanciones a los integrantes de los órganos partidistas que hubieran intervenido en la violación, pero también podrán imponer una sanción al instituto político responsable.
Lo anterior, acorde con el Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres, elaborado por el TEPJF.