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Modifican los lineamientos del must-carry y must-offer

Ordenan privilegiar contenidos locales cuando se dupliquen señales
 
Periódico La Jornada
Miércoles 30 de diciembre de 2015, p. 19

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) modificó los lineamientos de must-carry y must-offer para precisar que las empresas de televisión de paga deben privilegiar la transmisión de señales locales cuando en su área se duplique con la señal nacional del mismo canal, por considerar que los contenidos de aquéllas son de mayor interés e importancia para los televidentes.

Esta disposición entrará en vigor a partir de este 30 de diciembre, un día después de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

El organismo regulador explicó que la modificación de los lineamientos por lo que las televisoras de paga tienen la obligación de difundir los canales 2, 5, 7 y 13, al mismo tiempo que Televisa y Tv Azteca tienen la obligación de cederlos de manera gratuita, responde a observaciones hechas por las propias televisoras restringidas y locales, así como por el Instituto Nacional Electoral.

Detalló que mediante la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales recibió comentarios de concesionarios de televisión restringida terrenal consistentes en casos concretos en los que al actualizarse el supuesto de señales duplicadas en términos del artículo 10 de los Lineamientos no tienen certeza sobre cuál señal debe ser retransmitida. Asimismo, el Instituto Nacional Electoral ha manifestado la misma clase de dudas e inclusive señaló la conveniencia de precisar un criterio.

Por tanto, el Ifetel consideró necesario someter a consulta pública una adición en un segundo párrafo al citado artículo, a efecto de aclarar en qué casos de duplicidad de señales deberá privilegiarse un tipo de señal sobre otra.

Se considera que las audiencias se verán directamente beneficiadas por el orden de prelación propuesto, ya que se privilegiará la retransmisión de una señal local que puede resultar más acorde y afín con sus intereses, gustos y necesidades, y por ello, la siguiente señal en el orden propuesto sería aquella que si bien no es perteneciente a la misma localidad, sí lo es a la misma entidad federativa. De no darse ninguno de estos supuestos, será indistinta la señal que podrá retransmitir.