Opinión
Ver día anteriorSábado 26 de diciembre de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Hidrocarburos y criminalización de la protesta social
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urante los dos años anteriores se aprobaron las legislaciones reglamentarias correspondientes a las reformas a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales. En procesos acelerados y con ausencia de consultas amplias a personas y pueblos de México se impuso la reforma energética que, entre otras cosas, interfiere con el goce y garantía de derechos humanos reconocidos en la propia Constitución y en tratados internacionales sobre esta materia de los que México es parte. Es igualmente lamentable que ante la solicitud de poco más de 5 millones de personas para que se efectuara una consulta popular en materia energética, el Estado mexicano se negara rotundamente a realizar este ejercicio de democracia directa, con el que efectivamente las y los ciudadanos tuviéramos oportunidad de opinar sobre temas de interés y trascendencia nacional.

Sin embargo, conforme pasan los meses sabemos también que la conflictividad en el país aumentará, ya que las reformas estructurales, más que traer bonanza, parece ser que traerán desgracia para muchos territorios de comunidades campesinas e indígenas, que ven amenazados sus territorios debido a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, generación de energía y ampliación de infraestructura para su distribución y comercialización. Recordemos que, según la visión del actual gobierno, estas actividades económicas son prioritarias incluso por encima de la producción de alimentos o el cuidado de los bienes naturales. En este sentido, es un hecho que los procesos de defensa de derechos humanos se cimentan antes que nada en las resistencias y defensas que las comunidades hagan en sus territorios. El Estado, entonces, idealmente debe proteger los derechos de estas personas, sobre todo frente a grandes empresas y terceros que afecten derechos. Sin embargo, es este mismo Estado el que aprobó la legislación que da forma a las reformas estructurales, en especial a la energética. Es contradictorio, sí, y por ello construye un marco jurídico que se fundamenta en el imperio de la ley y la legalidad, sin siquiera preocuparse por los derechos, la voluntad del pueblo y la legitimidad. Así, para tener el cuadro completo, legisla entonces en favor de la criminalización de cualquier acto que pretenda obstaculizar la implementación de esta reforma energética. Ejemplo de ello lo tenemos en las ya decenas de legislaciones, sean de tipo penal, administrativo o de seguridad nacional, que se han propuesto y en algunos casos aprobado a escalas federal y local. Recientemente, apenas en las últimas horas antes del cierre del último periodo de sesiones de este año, quienes integran ahora el Congreso de la Unión aprobaron la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos. Una legislación de este tipo muy seguramente pretende también dar certeza jurídica a empresas de que sus inversiones serán resguardadas por el Estado, y para ello echará mano de todos los medios posibles.

Es preocupante que este tipo de normatividad ponga en el centro el resguardo de las instituciones y de las inversiones económicas, haciendo a un lado la centralidad de la digniad de las personas y de los pueblos, así como el cuidado de la Madre Tierra. Y así, tenemos entonces que esta ley establece que las instalaciones estratégicas son concebidas con el enfoque de la seguridad nacional, lo que implicaría la participación directa de las fuerzas de seguridad tanto civiles como militares. ¿Es justificable que temas relacionados con hidrocarburos se legislen con la óptica de seguridad nacional? ¿Por qué? Sabemos que al invocar el paradigma de seguridad nacional, incluso por hechos pasados de la historia, se conculcan muchos derechos humanos, pues éste se construye sobre una lógica restrictiva de derechos.

Por otro lado, en el mismo paquete legislativo y a raíz de esta nueva ley se promueven las reformas de algunos artículos del Código Penal Federal, para aumentar penas relacionadas con el delito de sabotaje. Es preocupante también que se haya borrado del dictamen final que votaron los legisladores el pasado 15 de diciembre una anterior redacción que señalaba que de ninguna manera se entendería como sabotaje el ejercicio del derecho a manifestarse, reunirse y expresarse en las instalaciones petroleras. En el contexto de criminalización hacia defensoras y defensores de derechos humanos, resulta alarmante que una legislación de este tipo se pueda usar discrecionalmente contra quienes se organicen para defender sus territorios ante la implementación de la reforma en materia energética. Por otro lado, la ley en comento señala restricciones al derecho a la información y, a decir de algunas organizaciones sociales, legaliza mantener en secreto documentos de interés público, como la información sobre contratistas y permisionarios que se vinculen con actividades de exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos.

Organizaciones de la sociedad civil, articuladas en el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social, así como la Alianza Mexicana contra el Fracking y el Colectivo por la Transparencia en México, han solicitado al Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que inicien el procedimiento correspondiente de control constitucional en el marco de sus competencias para garantizar la protección y garantía de derechos como la libertad de expresión, información y manifestación. Sin duda estas organizaciones tienen mucha razón al solicitar a órganos autónomos la protección de estos derechos. De lo contrario, nuevamente los derechos se desplazan a segundo plano.