Sociedad y Justicia
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La sugerencia general pretende prevenir la discriminación

Emite la CNDH recomendación para permitir las uniones de homosexuales
 
Periódico La Jornada
Lunes 21 de diciembre de 2015, p. 39

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación general para permitir a todos las personas el matrimonio igualitario, con la finalidad de evitar la discriminación.

En la recomendación general, dirigida a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de los diversos órdenes de gobierno, el organismo sugiere revisar y adecuar ordenamientos en materia civil y/o familiar para evitar que por la orientación sexual de una persona se le impida contraer nupcias.

En este sentido, señala que hasta ahora sólo el Distrito Federal y Coahuila han modificado sus códigos civiles para permitir el matrimonio igualitario.

Aunque se admite que algunos gobiernos estatales han intentado regular las bodas de parejas del mismo sexo, con la creación de figuras jurídicas diferenciadas del matrimonio, tales como sociedad de convivencia, pacto civil de solidaridad y enlace conyugal, la CNDH considera que todavía resultan discriminatorias, pues generan regímenes distintos de derecho para regular una situación equivalente.

Con base en un minucioso análisis de la situación que guarda el acceso al matrimonio para personas del mismo sexo, tanto a escala federal como en las distintas entidades federativas, este organismo nacional enfatizó que la orientación sexual no puede ser un criterio relevante para diferenciar el disfrute del derecho de protección a la familia que se encuentra consagrado en la Constitución, el cual puede ser el mismo, tanto para las parejas del mismo sexo como para las heterosexuales, señaló la CNDH.

Además, afirmó que la imposición del deber de procrear o la perpetuidad de la especie como fin del matrimonio es contraria al derecho de autodeterminación de la persona y al libre desarrollo de la personalidad.

Recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en el criterio de jurisprudencia 43/2015 que no existe razón de índole constitucional para que el matrimonio entre personas del mismo sexo no sea reconocido.

Asimismo, la comisión nacional sostiene que la noción de no discriminación se desprende directamente de la naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad de la persona. Este principio es uno de los elementos constitutivos de cualquier sociedad democrática.