Violan competencias del Congreso de la Unión y se arrogan facultades federales, señala
Viernes 9 de octubre de 2015, p. 20
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer varios artículos de las leyes de educación de Chiapas y Morelos por violar la esfera de competencia del Congreso de la Unión y arrogarse facultades exclusivas de las autoridades federales.
Prácticamente sin discusión, los ministros declararon la inconstitucionalidad de normas de Chiapas que pretendían regular la educación en el estado, evaluar el desempeño docente, crear un comité de transparencia para observar los procesos de exámenes o pretender coadyuvar con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en el diseño, aplicación y vigilancia de las tareas docentes.
Entre las normas que quedaron sin efecto se encuentra también la que facultaba a la Secretaría de Educación de la entidad a autorizar a los ayuntamientos a promover y prestar servicios
en la materia.
El ministro instructor en ambas controversias, Arturo Zaldívar, dijo que la Ley General de Educación señala que las autoridades educativas locales pueden autorizar a los particulares para impartir educación, no así a los ayuntamientos
.
También se invalidó la intervención de organizaciones sindicales en la realización de programas de capacitación para los maestros.
En el caso de Morelos, la Corte dejó sin efecto artículos que buscaban dar lineamientos en materia de expendio y distribución de alimentos y bebidas en las escuelas, así como la omisión de condicionar la promoción a cargos de dirección o supervisión de docentes de nivel medio superior a la presentación de exámenes de oposición, así como la modificación que impuso la legislación local a las reglas de readscripción de profesores previstos en la ley federal, entre otros.
Al empezar la discusión de las controversias constitucionales 37/2014 y 63/2014, promovidas por el Ejecutivo federal contra los diputados y gobernadores de Chiapas y Morelos, el pleno dejó para el próximo martes la posibilidad de hacer extensiva la invalidez a artículos que no fueron denunciados (por estar conectados con las normas declaradas ilegítimas), así como los efectos de las sentencias.