Miércoles 23 de septiembre de 2015, p. 8
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad que la regulación del Servicio Profesional Docente (SPD) es facultad exclusiva del Congreso de la Unión y, por tanto, los estados no tienen injerencia para legislar sobre el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia de los maestros en la práctica docente.
Al resolver ayer las controversias constitucionales que presentó el Presidente de la República en contra de las leyes educativas de Baja California y Zacatecas, los ministros declararon la inconstitucionalidad de la norma de la primera entidad y de algunos artículos de la legislación zacatecana.
En el caso de la legislación de Baja California, el pleno resolvió invalidar varias normas en materia educativa. De entrada, los ministros declararon la inconstitucionalidad de la ley de profesionalización del estado, porque la materia es de competencia exclusiva de la Federación.
La ministra instructora, Margarita Luna Ramos, explicó la importancia de dejar sin efecto la norma completa, porque ‘‘sería inoficioso que se emita una ley general y que haya leyecitas generales en todos los estados exactamente iguales o parecidas o que de alguna manera puedan interpretar a la ley general y que traiga como consecuencia la tergiversación del sistema que, la idea es, sea regulado de carácter federal’’.
Incompetencia de congresos
Al darle la razón al Ejecutivo federal en la demanda, la Corte determinó de manera específica la incompetencia del Congreso local para legislar sobre el tema.
Por lo que respecta a Zacatecas, los ministros dejaron sin efecto el artículo 9 fracción III de la ley de educación de la entidad, que obligaba a las autoridades locales a ‘‘respetar los derechos adquiridos de los trabajadores de la educación, reconociendo los acuerdos alcanzados y celebrados por la autoridad educativa estatal y las organizaciones sindicales que estipulen beneficios laborales, profesionales, salariales y sociales.
Los ministros consideraron que los legisladores locales invadieron la esfera de competencia del Congreso de la Unión, porque dicho artículo está relacionado con el sistema de profesionalización educativa, el cual no le compete al Congreso de la entidad. Además, el pleno subrayó que el respeto a los derechos adquiridos de los maestros ya está previsto en la legislación federal.