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Ver día anteriorSábado 27 de junio de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
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El modelo laboral mexicano, a debate internacional
C

ada vez es más difícil para el gobierno mexicano ocultar a la comunidad internacional los vicios que tienen atrapado al sistema de relaciones de trabajo en nuestro país; de estos, destacan tres: los contratos colectivos de protección patronal, un sistema de justicia a cargo de Juntas de Conciliación y Arbitraje carentes de autonomía e imparcialidad y el sistema de remuneración salarial.

Durante muchos años, el gobierno ha mantenido una estrategia contradictoria: dentro del país, limitando la libertad sindical y otorgando un poder creciente al sector empresarial; hacia fuera, sosteniendo un discurso progresista y suscribiendo con facilidad convenios sin intención alguna de cumplirlos. Para mantener esta política encubridora de la realidad, ha contado con la complicidad de las centrales obreras oficiales y de la representación empresarial; sin embargo, esta simulación ha empezado a quebrarse por varios motivos, entre ellos los crecientes flujos de información hacia el exterior, las visitas de expertos a nuestro país, los estudios académicos y la toma de conciencia de las centrales obreras internacionales respecto de que tanto la Confederación de Trabajadores de México (CTM), como la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), no son socios confiables para desarrollar una legítima defensa de los derechos laborales, pues son parte del problema, no de la solución.

Algunas empresas internacionales empiezan a preocuparse por el alto nivel de simulación y corrupción que existe en México, sobre todo aquellas que no comparten plenamente la idea de ser cómplices de un sistema carente de legalidad, porque esto puede afectar su imagen frente a los consumidores y ante las comunidades laborales de sus naciones de origen. Si bien algunos empresarios celebran que en México, a diferencia de otros países, puedan escoger al sindicato de su preferencia, manteniendo esta decisión con la presión del Estado y cubrir salarios sumamente bajos, en una perspectiva de largo plazo, preferirían un sistema más honesto, legítimo y representativo que les diera estabilidad a futuro. Buena parte de ellos opina que es mejor el imperio de la ley a la discrecionalidad gubernamental mezclada con corrupción. Saben que el modelo mexicano tiene muchos riesgos. La preocupación crece cuando se enteran que en unos meses, vía la nueva Ley General de Transparencia, el contenido de todos los contratos colectivos firmados a espaldas de los trabajadores saldrá a la luz pública vía Internet. Hasta ahora, la secrecía ha sido clave para la subsistencia de los contratos de protección.

El contratismo de protección patronal ha crecido sin límites en todas las ramas de la industria y se ha convertido en una regla general en nuestro país. El poder concedido a los patrones para decidir cuál es el sindicato que operará en su centro laboral hace que estos organismos compitan ofreciendo los salarios más bajos y las peores condiciones de trabajo. Los abogados patronales administran este mercado tomando parte del botín, esto es, los pagos que se hacen por debajo de la mesa a los líderes sindicales para garantizar el control de los trabajadores.

La 104 reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra, Suiza, en días pasados, revisó el caso mexicano. El acto generó gran interés porque le precedían múltiples quejas de organismos laborales y de derechos humanos relacionadas con el modelo laboral, destacando la 2694, promovida por IndustriALL y apoyada por la Central Sindical Internacional (CSI), ambas de gran importancia en el entorno mundial. En la reunión se informó de las visitas de estos organismos a México y las entrevistas con el presidente de la República, al que demandaron ajustar la administración laboral a los acuerdos internacionales y permitir que los trabajadores decidan la firma de los contratos colectivos y el sindicato al que desean pertenecer. Insistieron también en que México suscriba los Convenios 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tema que el gobierno mexicano ha diferido, como siempre, con múltiples excusas.

A la condena de los gremios más representativos del mundo se agregó, en esta ocasión, la propia delegación estadunidense, que hizo eco de la posición del sindicalismo en ese país. Su texto no tiene precedente y habla por sí mismo: “La persistencia de los sindicatos falsos, o ‘sindicatos de protección’, sigue siendo un reto importante en México y constituye una grave violación del derecho a la libertad de asociación, en particular cuando se celebran los convenios colectivos con estos sindicatos de protección sin el conocimiento y consentimiento de los trabajadores, a menudo incluso antes de que las empresas abran, y propiciando sólo los beneficios mínimos ya exigidos por la ley”. Refiriéndose a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, después de hacer una crítica a las mismas por su estructura de representación y su sesgo en contra de los sindicatos independientes, plantea: Después de tanto tiempo, es hora de que el gobierno de México transfiera estas funciones a la rama judicial o alguna otra entidad independiente para asegurar una representación honesta de los trabajadores y la administración cumplida y justa de la legislación laboral y la resolución de controversias.

Por su parte, la OIT realizó una serie de recomendaciones al gobierno de México, solicitando llevar a cabo las reformas legislativas adicionales a la Ley Laboral de 2012, necesarias para lograr el respeto a la libertad de asociación. El propio Fondo Monetario Internacional ha reconocido recientemente la importancia de que existan sindicatos representativos y fuertes para lograr igualdad social y justicia salarial.

Es hora de que el gobierno mexicano tome en serio estas recomendaciones; se requiere garantizar, como en cualquier otra parte del mundo, que los trabajadores sean consultados en la firma de los contratos colectivos, se sustituya a las Juntas de Conciliación y Arbitraje por jueces imparciales y autónomos, y que los salarios mínimos de hambre sean sujetos a un proceso de recuperación, sin dilaciones.