La CNDH le solicitó anular el artículo 260 del Código Civil de ese estado
Su resolución será definitiva y podrá aplicarse en todas las entidades que lo rechazan
Martes 19 de mayo de 2015, p. 32
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual demanda la anulación del artículo 260 del Código Civil de Jalisco, que rechaza el matrimonio entre personas del mismo sexo. La resolución que adopte el máximo tribunal será definitiva para las parejas homosexuales que buscan casarse no sólo en Jalisco, sino también en entidades que legalmente lo impiden.
Por primera vez, un presidente de la CNDH (Raúl González Pérez) demandó ante la Suprema Corte que invalide un artículo que señala “para contraer matrimonio, el hombre y la mujer…”. Además, la norma indica que los contrayentes deben tener cuando menos 18 años.
En la demanda, que fue admitida hace unos días por el ministro José Ramón Cossío, la comisión considera que la legislación jalisciense viola los derechos constitucionales a la no discriminación, la dignidad, la igualdad ante la ley y al principio pro persona.
En años recientes, la primera sala de la SCJN ha concedido amparos a parejas homosexuales para que se casen, aun cuando la legislación de sus estados (entre ellos Oaxaca, Colima, Sinaloa, Baja California y estado de México) no permite estas uniones.
Aun cuando las tesis de la sala señalan como inconstitucional que los códigos de los estados definan que el matrimonio sea entre un hombre y una mujer
, las resoluciones sólo han favorecido a quienes impugnan la norma. En cambio, si el pleno invalida lo dispuesto en el artículo 260 del Código Civil de Jalisco –para lo se requiere el voto de ocho de los 11 ministros–, se invalidaría el precepto y los matrimonios gay en esa entidad se celebrarían sin cortapisas.
Asimismo, el precedente serviría para que en los estados donde se mantiene la prohibición los contrayentes interpongan amparos con base en los criterios de la Corte y las autoridades locales se vean obligadas a reconocer el matrimonio sin importar el sexo de los contrayentes.
A partir de que en la ciudad de México fue aprobado en diciembre de 2009 el matrimonio entre personas del mismo sexo y la SCJN validó dicha reforma, varias entidades reformaron sus códigos civiles para determinar que los matrimonios se dan entre un hombre y una mujer
, sin que la CNDH, entonces dirigida por Raúl Plascencia Villanueva, presentara un recurso ante la Corte al respecto.