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Buscan evitar confusiones con unidades de agencias gubernamentales

Aprueban diputados proyecto de reforma a la Ley Federal de Seguridad Privada

Sus vehículos usarán luces ámbar pero no azules o rojas y con emblemas diferenciados de los oficiales

 
Periódico La Jornada
Sábado 25 de abril de 2015, p. 12

Ante la informalidad y los escasos controles y condiciones de trabajo que persisten en las empresas de seguridad privada, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen con proyecto de decreto de reforma a la Ley Federal de Seguridad Privada.

Los legisladores consideraron que la seguridad privada también interfiere en las labores de las instituciones de seguridad pública, pues utilizan equipamiento que resulta semejante al de los agentes gubernamentales. Esto genera confusión, y en ocasiones es buscado a propósito.

Tal es el caso del equipamiento utilizado en vehículos, y el uso de luces de color azul y rojo que son emblemáticos de la función policial institucional.

Con objeto de evitar tal distorsión, se aprobó la reforma al artículo 25 de la citada ley para obtener autorización en la prestación de servicios de seguridad privada, en dos o más entidades federativas, quienes ofrecen los servicios deberán presentar su solicitud ante la autoridad oficial, señalando la modalidad y ámbito territorial en que pretendan hacerlo.

Además deben cumplir los siguientes requisitos: fotografías de los costados, frente, parte posterior y toldo del tipo de vehículos que se utilizan en la prestación de los servicios, las cuales deberán mostrar claramente los colores, logotipos o emblemas, que no podrán ser iguales o similares a los oficiales, utilizados por las corporaciones policiales o por las fuerzas armadas, y deberán presentar rotulada la denominación del prestador de servicio y la leyenda seguridad privada.

Sus vehículos deberán apreciarse con defensas reforzadas, torretas, faros, luces estroboscópicas o cualquier otro dispositivo de iluminación adicional o modificada, que sólo podrán proyectar luz color amarilla o ámbar quedando prohibido el uso de color azul o rojo o de ambos en sus domos.

En la sesión del grupo de trabajo fue rechazada la iniciativa que presentaron en su momento los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila para forzar a las policías privadas a cumplir con las condiciones necesarias para ofrecer un servicio que garantice tranquilidad a los contratantes.

El texto desechado pretendía incluir en su artículo quinto la obligación de contar con instituciones de seguridad privadas confiables, efectivas, con estándares de calidad y con servicio eficiente.

Se incluía en el citado ordenamiento la necesidad de emitir la autorización para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas y, en su caso revalidar, revocar, modificar o suspender dicha autorización en los términos de la ley y del reglamento.