El tribunal debe modificarla para evitar que se repita la conducta: Francisco Gárate
levísimasanción que se impuso al Partido Verde
Insuficiente, la amonestación pública
a una práctica reiterada del instituto político, señala
Sábado 3 de enero de 2015, p. 11
El PAN se sumó a la izquierda en la exigencia para que se revise la decisión de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de sólo amonestar públicamente al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por su millonaria campaña mediática.
Francisco Gárate, representante del blanquiazul ante el Instituto Nacional Electoral (INE), interpuso un recurso de revisión al considerar que la sanción es levísima
y debe ser modificada para evitar que se repita la conducta.
Calificó de inaceptable que la sala regional especializada haya decidido imponer sólo una amonestación pública
a una práctica reiterada del PVEM, previo al inicio de procesos electorales federales, como en 2009 y 2012.
Desde hace tres meses, PRD, Morena y otros partidos se quejaron de que las fracciones parlamentarias del PVEM pagaron promocionales en radio, televisión, salas de cine y publicidad en las calles con el pretexto de que sus legisladores presentaban sus informes de labores. Se transmitieron 239 mil impactos, según monitoreó el INE, con un costo de 72 millones de pesos, según el propio partido Verde.
El PAN se había mantenido al margen de este tema salvo el senador Javier Corral, consejero de ese partido por el Poder legislativo, quien presentó diversas quejas, incluso una conjunta con la izquierda, que derivaron en la suspensión de esta campaña primero de la sala superior y luego del INE.
En su argumentación jurídica, Gárate planteó ayer que el TEPJF cayó en contradicción al señalar que el partido tiene culpa in vigilando (término para describir que una persona o institución es responsable de los actos que realiza otra sobre la que tiene un especial deber de vigilancia), pero no lo sanciona por ese motivo.
El PVEM recibió un claro beneficio de publicidad y promoción violando el principio de equidad, ya que el mismo partido no realizó deslinde alguno, ni evitó, pudiendo hacerlo, el beneficio obtenido, situación y hechos que subsisten hasta la fecha, pese a las medidas cautelares ordenadas por el INE
, expone.
Advirtió que la sala, como garante en materia electoral, debe tomar determinaciones contundentes y eficaces para desincentivar conductas antijurídicas de los partidos.
Es imperativo, señaló, que los magistrados tomen en cuenta el beneficio económico e impacto social obtenido por el partido sancionado a fin de establecer una multa equivalente a dicha ventaja.