Lunes 15 de diciembre de 2014, p. 42
Lima. El acuerdo concluido en la vigésima conferencia de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático sienta las bases del futuro pacto multilateral que deberá ser alcanzado el año próximo en París para limitar el calentamiento global.
A continuación los principales puntos del acuerdo:
Compromisos de reducción de gases de efecto invernadero:
* Deberán presentarse antes de marzo de 2015 por las partes listas para hacerlo
y antes de la conferencia de París para las demás.
* Serán determinados por los propios países.
* Deben ir más allá de las acciones ya emprendidas.
* Pueden contener informaciones sobre el año de referencia, el periodo de compromiso, un calendario de puesta en acción, el método de cálculo elegido y un plan de acción por sector.
* Serán publicados en el sitio web del secretario de la Convención de la ONU sobre el cambio climático.
* Serán compilados por el secretario, quien preparará una síntesis para el primero de noviembre de 2015 que compare el esfuerzo global para limitar a 2°C el incremento de la temperatura del planeta.
Texto de trabajo para las negociaciones con miras al acuerdo de París:
* Se habló nuevamente en Lima de un texto, discutido en los pasados meses en reuniones intermedias en junio y octubre, pero no tenía el estatuto de documento de trabajo reconocido por todas las partes.
* Fue agregado en anexo al acuerdo sobre los compromisos de reducción de gases de efecto invernadero, volviéndose así un documento oficial en la continuación de las negociaciones en las futuras sesiones intermedias de 2015.
* En el documento figuran múltiples opciones sobre los principales elementos del futuro texto: reducción de las emisiones, adaptación, mecanismo de pérdidas y daños’ financiamientos, transferencia de tecnologías, transparencia, análisis de los objetivos.
Responsabilidad común diferenciada
: el pacto enuncia la meta de alcanzar un acuerdo ambicioso en 2015 y reitera el principio de responsabilidad común, pero diferenciada de todas las partes en cuanto al calentamiento, principio inscrito en la Convención de la ONU.
Limitar a entre 1.5°C y 2°C el incremento de la temperatura: las partes expresan su preocupación sobre la importante diferencia entre los compromisos actuales de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y las trayectorias coherentes, con el objetivo 1.5°-2°C, más allá del cual los científicos estiman que varias poblaciones estarán en peligro.
Financiamiento: se llama a los países desarrollados a proporcionar una ayuda financiera reforzada a los países en vía de desarrollo, en particular a los más vulnerables, para reducir las emisiones y adaptarse al cambio climático.