Miércoles 5 de noviembre de 2014, p. 12
Por unanimidad de 11 votos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este martes que la autorización que dio el Poder Legislativo al Ejecutivo federal para contratar deuda adicional por 570 mil millones de pesos y 10 mil millones de dólares durante 2014 está apegada a la Constitución.
En su resolución del pleno, la Suprema Corte desechó una acción de inconstitucionalidad promovida por 44 senadores de los partidos del Trabajo (PT), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución democrática (PRD), quienes consideraron que el endeudamiento no era necesario.
Los ministros justificaron la deuda y dijeron que sería imposible que la Ley de Ingresos sea modificada cada vez que el Poder Ejecutivo juzgue necesaria la contratación de deuda, por lo que consideraron correcto establecer montos máximos, aunque sujetos a ciertas condiciones.
La división de poderes
El ministro José Ramón Cossío, quien elaboró el proyecto de resolución avalado por sus colegas, dijo durante la sesión de ayer que ‘‘la función de una norma general dentro del sistema financiero no puede ser la de autorizar actos concretos’’.
Dijo que ‘‘entender de otra manera la función de la Ley de Ingresos implicaría tergiversar el sistema financiero constitucional y condicionar la autorización de cada uno de los actos administrativos en una ley general, esto es, administrar a través de la ley, lo que no sólo rompe con la naturaleza propia de ésta, sino con el principio de división de poderes’’.
Con la resolución de ayer quedó avalado el artículo 2 de la Ley de Ingresos de 2014.
Uno de los argumentos de los senadores inconformes fue la supuesta violación al artículo 73, fracción 8 de la Constitución, que sólo autoriza contratar deuda para ejecución de obras que produzcan un incremento en los recursos públicos, así como para fines de regulación monetaria o por emergencias.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia desechó el planteamiento de los legisladores inconformes.