Miércoles 15 de octubre de 2014, p. 16
Los jueces no pueden dejar de aplicar criterios jurídicos aprobados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estableció el pleno del máximo tribunal del país, con el voto en contra del ministro presidente Juan N. Silva Meza y José Ramón Cossío, al poner límites al llamado control de convencionalidad
que pueden utilizar los juzgadores para garantizar el pleno respeto a los derechos humanos de los justiciables. Al resolver ayer la contradicción de tesis 293/2013 entre la primera y segunda salas de la SCJN, Cossío cuestionó por qué, en su momento, la Corte avaló que los jueces dejaran de aplicar normas emitidas por el Congreso, pero simultáneamente les negamos la posibilidad, bajo el principio pro persona, de que puedan cuestionar nuestras determinaciones, y al mismo tiempo, inaplicarlas
. Silva Meza y Cossío coincidieron en que están en la obligación de ponderar la manera de proteger de la manera más amplia a la persona.