erá que los legisladores y los altos funcionarios de Hacienda no tienen progenitores jubilados?
La pregunta viene al caso porque con la reciente reforma fiscal los causantes cautivos que han cumplido y cumplen con sus obligaciones fiscales desde siempre –incluidos los jubilados que reciben exiguas pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)– deberán aportar ahorros de toda su vida para contribuir a cubrir al erario los miles de millones de pesos que Petróleos Mexicanos dejará de proveer, al haber sido transformada pomposamente de empresa paraestatal
en empresa productiva
.
Los jubilados –cuya enorme mayoría son personas de la tercera edad y, consecuentemente, sufren de achaques y enfermedades propias de su condición– ya no podrán deducir de sus impuestos el monto de la prima anual de un seguro de gastos médicos mayores ni los honorarios que deban pagar de su propio peculio a médicos particulares, cuando por razones de urgencia simplemente no puedan ni acepten esperar a que los servicios médicos del Issste se dignen darles una cita para atenderlos.
Únicamente podrán deducir un máximo de 92 mil pesos o 10 por ciento de sus ingresos gravables en el año. La menor de estas dos cantidades.
La prima de un seguro de gastos médicos mayores cuesta, a los 65 años de edad, alrededor de 50 mil pesos anuales por persona para ser atendida en hospitales de primer nivel. El costo de esta prima aumenta mientras aumenta la edad del asegurado.
La máxima pensión por jubilación que otorga el Issste a quienes sirvieron un mínimo de 30 años es, en la actualidad, del orden de 250 mil pesos anuales. Esto implica que un causante cautivo que recibe su pensión por jubilación del Issste no podría deducir por concepto de primas de seguro o por honorarios a médicos particulares una cantidad mayor de 25 mil pesos en el año.
¿Sabrán legisladores y altos funcionarios de Hacienda cuál es el precio de una intervención quirúrgica mayor o de un tratamiento prolongado?
Pero, habida cuenta de que las pensiones por jubilación del Issste están exentas de impuestos, el deducible se aplicaría únicamente sobre otros ingresos gravables. Ello cancela la posibilidad de que el causante entregue su declaración fiscal en abril de cada año con saldo a favor.
Cuando le expliqué lo injusto de esta situación a un alto funcionario de Hacienda, su respuesta fue: Pues vaya usted al Issste
. Entonces le pregunté si predicaba con el ejemplo.
Es decir, si él y sus dependientes económicos familiares iban a clínicas del Issste cada vez que requerían atención médica.
Obviamente guardó silencio, pues los mandos altos y medios del gobierno federal reciben como prestación
un seguro de gastos médicos mayores que cuesta al erario muchos millones de pesos al año, siendo que los altos y medios mandos del gobierno federal bien podrían llamar por teléfono a directivos del Issste, quienes pondrían sin duda a su disposición a los mejores especialistas de ese instituto y tan pronto como se necesitaran. Lo sé por experiencia propia.
En cambio, yo quisiera saber de algún jubilado que, sin relación personal o profesional con altos funcionarios del Issste, pueda recibir atención urgente y especializada de médicos de ese instituto.
Lamentablemente hay oídos sordos ante las crecientes necesidades de un sector de la población que requiere atención médica no por gusto sino por necesidad. Tal parece que la consigna es: Los viejos a la tumba
.
*Embajador de México, de carrera, jubilado