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La SCJN definirá responsabilidad patrimonial del Estado

Frenan amparos de afectados por inundaciones en Edomex
 
Periódico La Jornada
Viernes 22 de agosto de 2014, p. 37

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió el acuerdo general 18/2014, en el que ordena a los tribunales federales aplazar la resolución de los amparos presentados por personas afectadas por las inundaciones provocadas por lluvias que desbordaron el canal La Compañía los días 4 y 5 de febrero de 2010 en el estado de México, en espera de que la segunda sala del máximo tribunal emita criterios definitivos sobre la responsabilidad patrimonial del Estado.

Una vez que la segunda sala defina los criterios, éstos serán válidos no sólo para los amparos presentados por los afectados de esas inundaciones, sino para todos los casos en que los damnificados por un fenómeno meteorológico consideren que los daños fueron causados por negligencia u omisión de cualquier autoridad.

La segunda sala resolverá los amparos en revisión 1195/2014, 1338/2014, 1365/2014, 1450/2014 y 1453/2014 en los cuales los juzgadores interpretarán el artículo 113, párrafo segundo de la Constitución, que se refiere a la responsabilidad patrimonial del Estado por daños sufridos por la población.

El acuerdo general menciona que se encuentran radicados en diferentes tribunales de circuito numerosos amparos directos relacionados con el tema, entre ellos demandas de vecinos de Valle de Chalco, Nezahualcóyotl y Ecatepec, estado de México. Se espera que a más tardar en dos semanas la segunda sala resuelva los amparos referidos y fije las tesis jurídicas respectivas.