Procede consignación de ex funcionarios de Torreón, determina la Suprema Corte
Miércoles 6 de agosto de 2014, p. 18
Ante el recurrente incumplimiento de sentencias judiciales, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron a favor de que la extemporaneidad
en el cumplimiento de las mismas sea suficiente para sancionar a los funcionarios responsables con la destitución del cargo y consignación penal por la desobediencia cometida
.
Al iniciar ayer la discusión para fijar criterios en la aplicación de la nueva Ley de Amparo en los incidentes de inejecución de sentencia, la mayoría del pleno de la Corte consideró que cuando una autoridad retrasa injustificadamente el cumplimiento de una decisión judicial debe ser sancionada ejemplarmente.
Es decir, los juzgadores señalaron que es igual de grave el cumplimiento extemporáneo de una sentencia (sin justificación) que el incumplimiento de la misma.
Jorge Pardo Rebolledo, ministro ponente, argumentó que procede la consignación de los ex funcionarios Pablo Chávez Rosique, ex tesorero municipal de Torreón; Roberto Flores Zamudio, ex jefe de catastro, y Juan Ángeles Rocha, ex responsable de la verificación física del catastro, porque las constancias con las que pretendieron demostrar que el incumplimiento fue por razones ajenas a su voluntad las remitieron a la Suprema Corte y no ante el juez de distrito correspondiente.
Cuestionó que los funcionarios no hicieran ninguna promoción
, ni presentaran ninguna constancia o respondieran a los requerimientos que en su momento les hizo el juez.
El ministro presidente Juan N. Silva Meza señaló que, a la luz de la nueva Ley de Amparo, el pleno analiza el tema de extemporaneidad
, para lo cual deberá determinar si las constancias que las autoridades presenten ante la Corte son susceptibles o no de ser analizadas, en tanto que no fueron presentadas
ante el juez correspondiente, sino hasta que el asunto llegó a la Corte.
Los ministros Luis María Aguilar, Arturo Zaldívar. José Ramón Cossío, Alberto Gelacio Pérez Dayán y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena hablaron a favor del proyecto que propone consignar penalmente a los tres ex funcionarios del municipio de Torreón, según lo establecido en la fracción XVI del artículo 107 constitucional, que prevé la separación del cargo (cuando están en funciones) y consignación penal de los funcionarios que no ejecuten una sentencia de amparo.
Con la discusión de este asunto y de otras cinco inejecuciones de sentencia, el pleno establecerá criterios sobre la extemporaneidad
de las sentencias judiciales.