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Incumplió Ciudad Progresiva con obras de mitigación: vecinos

Debió realizarlos antes de ejecutar el polémico proyecto inmobiliario,señalan

El GDF continúa con el análisis del fallo del tribunal, dice Tanya Müller

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Aspecto del proyecto Ciudad Progresiva, que, según vecinos, se construye sin haberse realizado las obras de mitigaciónFoto Yazmín Ortega Cortés
 
Periódico La Jornada
Viernes 1º de agosto de 2014, p. 37

La construcción de Ciudad Progresiva comenzó sin que se realizaran las obras de mitigación contenidas en el estudio de impacto urbano, como condición para empezar los trabajos, como la donación de un predio para la perforación de un pozo profundo y la sustitución de mil 166 metros de tubería de agua potable antes de iniciar cualquier obra, denunció Oswaldo Mendoza Santana, uno de los vecinos de la colonia Xoco afectados por ese proyecto.

De hecho, la respuesta a una solicitud de información fechada el 9 abril de 2014, que le entregó el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, por medio del oficio GDF-SEDEMA-SACMEX-DESU-UDIF- 1019341/2014, que hasta ese momento no había recibido para su revisión, análisis y aprobación los proyectos ejecutivos de las medidas de integración urbana requeridos para el desarrollo en avenida Universidad 1200 y Real de Mayorazgo 130.

Lo anterior, pese a que ya concluyó la construcción de dos de los siete edificios proyectados y que ya están en funcionamiento: un hospital de 13 niveles y un edificio de departamentos para renta de 23 pisos, además de que se trabaja en la llamada torre Mitikah, planeada en 60 niveles, que ya tiene el estacionamiento.

Al aprobar el estudio de impacto ambiental del proyecto, por medio del oficio DGAU.09/DEIU/052/2009, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el cual se asientan las medidas de mitigación a realizar en materia de agua y drenaje, vialidad y protección civil, entre otras, señala que, en caso de incumplimiento de los puntos antes mencionados, se hará acreedor a las sanciones correspondientes.

El artículo 76 del reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal señala que los dictámenes sobre impacto urbano tienen como propósito establecer las medidas adecuadas de prevención de mitigación y/o compensación.

Más adelante, en su artículo 139, indica que las violaciones a los preceptos de la Ley de Desarrollo Urbano y el reglamento se sancionarán administrativamente con acciones como suspensión de los trabajos, clausura parcial o total de obra, demolición o retiro parcial o total, revocación de las licencias y permisos otorgados.

Por otra parte, la secretaria de Medio Ambiente, Tanya Müller García, señaló que el Gobierno del Distrito Federal sigue con el análisis jurídico de los motivos por los que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo local ordenó detener el proyecto.

Entrevistada antes de realizar un recorrido por la biciestación que se instaló en la explanada del Zócalo, la funcionaria insistió en que tienen hasta el lunes 4 de agosto para tomar una decisión: Como bien saben, es un resolutivo que se emitió en 2009, remarcó en referencia al procedimiento administrativo realizado por el entonces director de Regulación Ambiental de la dependencia, Alejandro Nyssen, para avalar la manifestación de impacto ambiental que elaboró la empresa Sistemas Integrales de Gestión Ambiental (SIGEA), de la cual es socio fundador.