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La SCJN ordena que se admita en Colima un matrimonio gay
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de junio de 2014, p. 11

La exclusión del matrimonio a las parejas del mismo sexo es una acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado, determinó la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al amparar a una pareja del mismo sexo, a la cual las autoridades del estado de Colima se negaron a reconocer su matrimonio.

Al resolver el amparo 615/2013, los ministros declararon inconstitucionales e inconvencionales los artículos 147 de la Constitución y 102 del Código Civil de Colima, que hacían referencia a que el matrimonio tiene como finalidad perpetuar la especie y que éste es entre un solo hombre y una sola mujer, ya que éstas disposiciones excluyen a las parejas del mismo sexo.

Los ministros consideraron que las normas impugnadas son discriminatorias y violatorias del derecho al libre desarrollo de la personalidad, al limitar el matrimonio a parejas heterosexuales, lo cual viola la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México en materia de no discriminación por motivos de preferencia sexual.