Interpuso controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia
Congresos locales o gobernadores no han acatado los cambios a la Carta Magna, argumenta
Miércoles 16 de abril de 2014, p. 10
El Ejecutivo federal interpuso el lunes pasado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) controversias constitucionales por la supuesta aplicación indebida de la reforma educativa en cuatro entidades: Oaxaca, Michoacán, Chiapas y Sonora.
Entre los argumentos expuestos por la Presidencia de la República al presentar los recursos está que los congresos locales y/o los gobernadores no han acatado la letra y el espíritu
de la enmienda constitucional, al autorizar esquemas particulares para regular el ingreso, evaluación y permanencia de los maestros.
El esquema de evaluación en la reforma educativa fue uno de los puntos centrales que provocó una prolongada e intensa movilización de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).
Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de la Presidencia de la República, advirtió que se analiza la forma en que se está aplicando la reforma en todo el país, por lo que no se descarta la interposición de nuevas controversias, al tiempo que la Secretaría de Educación Pública (SEP) toma sus previsiones en caso de algún conflicto con los maestros.
Eduardo Sánchez, vocero del gobierno federal, dijo que al Ejecutivo corresponde velar que el orden constitucional prevalezca. Ante la pregunta de si hay algún plan de acción en caso de una reacción violenta
de la CNTE, el funcionario dijo que la SEP está haciendo valoraciones en ese sentido
.
Precisó que la Carta Magna prevé los cauces legales para manifestar inconformidades. La SEP continúa con el trabajo de evaluar la situación de la nómina magisterial.
El titular de Educación, Emilio Chuayffet, advirtió recientemente que en una revisión preliminar aparecen 71 mil trabajadores del ramo comisionados
o no localizados, y anunció consecuencias para quienes rechacen el censo.
Al menos en tres de los cuatro estados que, a juicio del Ejecutivo federal, las autoridades locales incurrieron en omisiones y excesos en la aplicación de la reforma educativa, la CNTE es la organización gremial mayoritaria.
Castillejos indicó que no se referiría a las eventuales motivaciones de cada gobernador o legislatura local para autorizar los cambios con el enfoque de referencia.
En el caso de Oaxaca, el Ejecutivo subrayó que hay una omisión total
para armonizar, en un plazo máximo de seis meses, la legislación local a los preceptos constitucionales, específicamente lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente.
En Chiapas fueron impugnados ocho artículos de su legislación local, porque invaden facultades federales o modifican contenidos establecidos en las leyes generales en la materia
. Por ejemplo, regula alimentos y bebidas (facultad federal) y admite participación sindical en programas de capacitación reservados exclusivamente a las autoridades
.
Permite la readscripción del personal docente en funciones educativas, aun cuando, dijo, no acrediten las evaluaciones, y diseña éstas a pesar de ser una competencia exclusiva del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
En Michoacán se impugnaron cuatro artículos por causas similares. En Sonora, 27 artículos de la legislación local porque pondera los contratos colectivos de trabajo y documentos similares para la relación con los maestros, con lo que desconoce el espíritu y la letra
de la reforma educativa.
Además, avala la separación del servicio con goce de sueldo; modifica los parámetros de ingreso y promoción, y reconoce el sistema de escalafón, cuando la reforma constitucional ordena los ascensos por medio de evaluaciones.
Autoriza la intervención de los sindicatos en el proceso de evaluación educativa, en contra de las disposiciones constitucionales y leyes generales de la materia
, señaló el consejero jurídico.
Precisó que la SCJN daría 30 días a los estados para que respondan lo que a su derecho convenga, pero la definición final y los tiempos para ello son facultades exclusivas de los ministros.
En caso de que la SCJN dé la razón al Ejecutivo, Oaxaca deberá emitir las leyes locales de inmediato, acordes a la reforma constitucional, y en los otros estados se ordenaría la expedición de normas que cumplan con el mandato de la Carta Magna.