Se favorecerá a operadores pequeños de telefonía, en detrimento de América Móvil
La empresa posee 50 por ciento de la participación en la telefónica, indica Accival
Lunes 31 de marzo de 2014, p. 3
Para Televisa, la propuesta de legislación secundaria del Ejecutivo no contiene más afectaciones que las obligaciones impuestas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) y al contrario, resultará beneficiada a través de Iusacell, en la que tiene 50 por ciento de participación, debido a que la legislación impone sanciones más severas a América Móvil, de las que se beneficiarán las pequeñas empresas de telecomunicaciones, señaló Accival Casa de Bolsa.
Destacó que para Televisa, el hecho de que la Secretaría de Gobernación se haga cargo de la supervisión de contenidos no es un tema de impacto, y consideró que el asunto sólo hará ruido político.
‘‘La Secretaría de Gobernación es una entidad política del gobierno, cuyo poder ha crecido durante la administración del presidente Enrique Peña Nieto, frente al perfil que tenía en los sexenios del Partido Acción Nacional, y que se asemeja al que solía tener en la administración del Partido Revolucionario Institucional del siglo pasado. Algunos medios ven esta supervisión de la producción y el control de los tiempos del Estado como un preludio a una vuelta de los días de un control férreo.’’
Señaló que con independencia de que Gobernación supervise la producción o controle los tiempos del Estado, Televisa tendrá que proporcionar el tiempo y someterse a la supervisión del contenido. ‘‘Sin embargo, es probable que Gobernación, debido a su naturaleza política, sea más intrusiva’’. En la reforma constitucional la supervisión de contenidos era tarea del Ifetel.
Detalló que para Televisa, los puntos importantes con el cumplimiento del must offer (la obligación de los operadores del servicio de televisión abierta de ofrecer sus contenidos a los operadores de paga para su retransmisión de manera gratuita) son el mercado secundario de espectro, las propuestas para aumentar los tiempos máximos de espacios publicitarios a los concesionarios de contenido nacional, los límites a la multiprogramación y la transición a la televisión digital terrestre (TDT) en 2015.
Accival señaló que si bien se mantiene la presión regulatoria sobre la empresa televisora debido a las obligaciones asimétricas impuestas por el Ifetel, y que la propia Televisa hizo estimaciones de que sus ingresos bajarán este año en aproximadamente mil 400 millones de pesos por cumplir con el must offer, la propuesta de legislación secundaria ‘‘beneficiará a los operadores de telefonía móvil más pequeños, como Iusacell, en detrimento de América Móvil’’.
Señaló que debido a que la propuesta del Ejecutivo no tiene efecto adicional al ya generado por la declaratoria de preponderancia del Ifetel, ‘‘y con beneficio potencial a Iusacell, creemos que el impacto es más significativo en América Móvil que en Televisa’’.
Hace poco más de dos años, Televisa se hizo de 50 por ciento de las acciones de Iusacell, en una operación que le representó mil 700 millones de dólares. Al principio, la entonces Comisión Federal de Competencia (CFC) negó la autorización para realizar la transacción, pero después de un largo proceso el regulador terminó por aceptarla con una serie de condiciones negociadas con las empresas. A finales del año pasado las empresas ganaron un amparo que las liberó de esos compromisos.
Accival detalló que Televisa es más una productora de contenidos que una compañía de transmisión de televisión abierta que puede producir de forma consistente para satisfacer una demanda alta, debido a la relación que tiene desde hace años con productores, escritores y actores, además de tener la ventaja de su participación en el mercado mexicano y la distribución en Estados Unidos.
Señaló como posible riesgo que América Móvil se adjudique una de las dos cadenas de televisión abierta que se licitarán; sin embargo, de acuerdo con la propia legislación secundaria, para poder participar en ese concurso Telmex tendrá que demostrar que ha cumplido durante 24 meses ininterrumpidos con todas las obligaciones asimétricas que se le impusieron como preponderante.