Fue un intento de interferir en la doctrina, acusa el obispo
Jueves 13 de febrero de 2014, p. 42
El obispo de San Cristóbal de las Casas, Felipe Arizmendi Esquivel, aseguró que el Comité sobre los Derechos de los Niños de la Organización de Naciones Unidas (ONU) se extralimitó con el Vaticano al acusarlo de no haber hecho lo necesario para proteger a los niños de abusos sexuales por parte de sacerdotes
.
Criticó que el organismo exija a la Iglesia que cambie sus criterios sobre moral sexual, el aborto y la homosexualidad, cuando “eso no le corresponde. Es un intento de interferir en la doctrina, en los principios morales, en la interpretación de la Biblia, cosa que es ajena a un comité de esa naturaleza.
Su incumbencia no llega a esos terrenos, que son de competencia exclusiva de la Iglesia
, resaltó el prelado en un mensaje por escrito.
Que algunos clérigos hayan fallado tan gravemente en su vocación y misión no significa que toda la Iglesia sea culpable, o que el Papa tenga una responsabilidad directa en estos crímenes. Es absurda esa acusación
, subrayó.
Arizmendi Esquivel afirmó que el comité de la ONU no tomó en cuenta que el representante del Vaticano le había informado sobre las medidas ya adoptadas por la Iglesia de tolerancia cero
, para evitar estos dolosos crímenes
.
En el caso de los obispos mexicanos, dijo, nos hemos comprometido a garantizar y asegurar la proteción a los menores de cualquier abuso sexual y atender adecuadamente a las víctimas de este aberrante delito
, lo que incluye reparación del daño, asistencia pastoral y terapia.
Refirió que, conforme lo estableció la Congregación de la Doctrina de la Fe, los episcopados del mundo elaboraron líneas guías
para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte del clero. En el caso de México, tomando en cuenta las disposiciones del Código de Derecho Canónico, del Código Penal Federal y de las entidades federativas, el texto se aprobó en abril de 2012.
Según Arizmendi, el documento establece un proceso apegado a derecho que busque la verdad, la justicia y la caridad, asumiendo el principio de responsabilidad, transparencia y tolerancia cero
.
Explica cómo y a quién compete recibir una posible denuncia. Si esta parece verosímil, establece medidas cautelares (entre otras, la separación del acusado del ejercicio del ministerio y su atención sicológica y espiritual), la forma de iniciar la investigación, la cooperación con las autoridades civiles
.
También, prohíbe cualquier traslado del acusado a otra diócesis o a algún instituto de vida consagrada o sociedad de vida apostólica
.
En caso de comprobarse un delito, la víctima tiene derecho a la reparación del daño, a la asistencia pastoral y a terapia
.
A su vez, la responsabilidad penal del culpable, que es personal, recibirá la sanción impuesta por la autoridad civil, conforme a derecho
. En tanto, la autoridad eclesiástica procederá a la separación del estado clerical
.
Pero si la acusación resulta falsa, se procederá a la reintegración y restitución del buen nombre del acusado y se impondrá una sanción a quien acusó falsamente.