Debatirá la competencia de congresos locales para legislar en la materia
Lunes 10 de febrero de 2014, p. 11
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará a partir de hoy la constitucionalidad de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, que permite a la autoridad apropiarse de inmuebles utilizados para delinquir o que sean producto de delitos, previa resolución jurisdiccional.
De acuerdo con fuentes judiciales, entre los ministros prevalecen puntos de vista encontrados sobre el tema, toda vez que hay quienes consideran que la medida es contraria al derecho de audiencia, equilibrio procesal y derechos adquiridos.
El primer punto a discutir, el cual marcará la ruta del debate, será determinar si las entidades del país están facultadas para legislar en temas que son competencia del fuero federal, como es el caso de la extinción de dominio, además de que servirá de base para la discusión que se iniciará en el pleno la próxima semana, sobre la constitucionalidad del arraigo en las legislaciones de los estados.
Trascendió que, dada la importancia del asunto –se trata de una acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en contra de diversos artículos de la legislación capitalina–, el pleno decidió hace meses crear una comisión especial de secretarios de estudio y cuenta para que elaboraran el proyecto que estará a discusión, y que será presentado por Fernando Franco en la sesión de este lunes.
Funcionarios judiciales precisaron que el primer punto a debatir será si los congresos locales pueden legislar sobre un tema que está reservado al Congreso federal, lo que ha generado un intenso debate en la SCJN.
En caso de que la mayoría del pleno resuelva que los estados no están facultados para legislar sobre leyes que son del orden federal, entonces tendrán que sumarse ocho votos para declarar la invalidez de las normas.
En cambio, si la mayoría considera que en este caso la Asamblea Legislativa del Distrito Federal sí tiene facultades para legislar en la materia, entonces los ministros tendrán que analizar, por primera vez, el fondo de este tema tan polémico y determinar si se apega al contexto constitucional.
De acuerdo con el proyecto de dictamen, el pleno tendría que determinar si la extinción de dominio viola el derecho de audiencia al no prever la notificación personal a terceros, víctimas u ofendidos, respecto del procedimieno de extinción de dominio; si la legislación impugnada garantiza el derecho de las partes para que ofrezcan pruebas tendientes a la obtención del resarcimiento económico a su favor, y si se viola el derecho de audiencia al prever que sólo si el afectado lo solicite se le designará un defensor de oficio.