Acusan de discriminación a JLCA de Toluca
Jueves 5 de septiembre de 2013, p. 37
Por primera vez, los ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizarán una demanda de acoso laboral, en la que la quejosa acusa de discriminación y marginación a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) del Valle de Toluca, estado de México.
La trascendencia del asunto, consideraron los ministros, radica en que la legislación mexicana no regula expresamente esta situación y la Corte podrá establecer si los tratados internacionales en materia laboral son aplicables a casos de acoso laboral
en México.
Además, la primera sala estará en posibilidad de señalar si en este tipo de asuntos el juez debe suplir la deficiencia de la queja, ya que la legislación laboral apoya al trabajador en caso de que sus argumentos jurídicos no sean sólidos, porque éste se encuentra en desventaja con respecto del patrón. O bien, si el trabajador y el patrón están en un plano de igualdad, como si se tratara de un juicio civil.
La SCJN podrá emitir criterios que sean guía
para los jueces laborales que conozcan de asuntos similares, argumentó el ministro José Ramón Cossío en el proyecto de dictamen que avalaron sus compañeros para que el máximo tribunal ejerciera su facultad y conociera del amparo presentado por Martha Leticia Benhumea Juárez, en contra del entonces presidente de la JLCA, José Bernardo García Cisneros y de su colaboradora María Luisa Gómez Jaramillo, a quienes responsabiliza de causarle daño físico y sicológico
.
Abuso que fue evidente, según la quejosa, cuando en 2010, recibió un bono anual de 10 mil pesos, menor a los 20 mil que recibieron sus compañeros que desempeñaban similares funciones.