Viernes 15 de marzo de 2013, p. 39
Querétaro, Qro., 14 de marzo.
Los 25 diputados de la 57 Legislatura local aprobaron este jueves, por unanimidad, tipificar el feminicidio y definir seis causales.
El documento define el feminicidio como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad y culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres
.
La iniciativa estipula que quien incurra en violencia familiar deberá reparar los daños y perjuicios, independientemente de cualquier sanción prevista en la ley.
Prevé también que cuando alguien prive de la vida a una mujer por razones relacionados con su sexo se le impondrá una pena de 20 a 50 años de prisión y multa de 500 a 700 días de salario mínimo.
Se considerará que se comete violencia de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; haya sufrido lesiones o mutilaciones infamantes o marcas degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida, o actos de necrofilia, o existan indicios de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima y el cuerpo de ésta haya sido arrojado en un lugar público o paraje despoblado o exhibido por cualquier medio.
De la misma forma, se considerará que un asesinato es feminicidio cuando existan antecedentes de cualquier tipo de violencia familiar, laboral, escolar o vecinal, o si la víctima fue incomunicada antes de morir, sin importar por cuánto tiempo.