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El procedimiento no representa una injerencia, precisa el consejero Guerrero

Revisará el IFE la constitucionalidad de las modificaciones estatutarias en el PRI

En su caso, las medidas anunciadas por ese partido serán validadas por el Consejo General

El instituto considera legal la inclusión del presidente Peña Nieto en esos trabajos partidistas

 
Periódico La Jornada
Miércoles 6 de marzo de 2013, p. 19

Las próximas semanas el Instituto Federal Electoral (IFE) se abocará a revisar la legalidad y constitucionalidad de las modificaciones estatutarias y de otros documentos básicos que realizó el Partido Revolucionario Institucional (PRI), como lo dispone la legislación; en su caso, esas medidas serán validadas en el Consejo General, indicó el consejero Francisco Guerrero.

Precisó que este procedimiento del instituto no representa una injerencia en la vida interna de los partidos políticos, sino la verificación del apego a la legalidad.

Entrevistado acerca de los pasos a seguir para dar el aval a estas modificaciones, y la legalidad de haber incluido al presidente Enrique Peña Nieto en las instancias directivas del partido tricolor, Guerrero dijo que en general los servidores públicos –desde presidentes municipales y gobernadores, hasta los de la administración pública federal– tienen salvaguardados sus derechos político-electorales y pueden participar en la vida interna de sus partidos.

Sería absurdo pretender, dijo, que quienes son postulados para alcanzar un cargo de elección popular vieran restringida su participación en sus propios partidos. Guerrero aludió no sólo a las disposiciones legales, sino a los criterios que ha emitido el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre la actividad política de los servidores públicos, siempre y cuando no exista desviación de recursos públicos.

El consejero electoral mencionó que las restricciones legales están claramente definidas en el artículo 134 constitucional, donde se fijan los alcances del activismo de funcionarios públicos, entre los cuales –destacó– existe la imposibilidad de difundir su imagen en propaganda gubernamental, con excepción del periodo legal establecido para promover sus informes de gobierno.

De igual modo, está prohibida la utilización de los programas sociales con fines político-partidarios, pero más allá de estas restricciones –que existe en otros países y en algunos partidos políticos–, los funcionarios públicos pueden desarrollar actividad partidista.

Citó casos en Europa y en Estados Unidos, donde los primeros ministros o los presidentes, más allá de los liderazgos partidistas formales que existan, representan en los hechos las cabezas de sus partidos.

–¿No hay ningún problema de legalidad en el caso de Peña Nieto? –se le preguntó.

–No me puedo pronunciar en específico, pero hablando en general, los servidores públicos, como cualquier ciudadano, tienen salvaguardados sus derechos políticos establecidos en la Constitución –respondió el diputado priísta.

Sobre la validación de las reformas priístas, dijo que el IFE debe verificar que se hayan realizado acordes con la legislación vigente y con las disposiciones estatutarias del propio partido.