Gran parte de los artículos serán modificados, señala el Movimiento por la Paz
Pendiente, definir quién ha padecido delito y quién puede recibir la indemnización prevista
Sábado 9 de febrero de 2013, p. 5
Ayer entró en vigor la Ley General de Víctimas, cuyo propósito es reconocer y garantizar
los derechos de los afectados por las acciones del crimen. Esta normatividad prevé la construcción de un andamiaje gubernamental para la reparación del daño.
En 2012, la ley no fue aceptada por el gobierno del presidente Felipe Calderón, quien en principio se propuso vetarla, pero al no proceder ese trámite (los legisladores alegaron que fue gestionado de manera extemporánea), promovió una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al inicio de este sexenio, Enrique Peña Nieto se desistió de la controversia y decidió promulgar la nueva norma, pero con la inmediata aclaración –en voz de integrantes de su gabinete– en el sentido de que ésta será perfeccionada.
Organizaciones civiles, como el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, que trabajan en el proyecto de reforma, indicaron que gran parte de los artículos serán modificados, principalmente para delimitar responsabilidades, es decir, definir quiénes son las víctimas del delito y quiénes pueden recibir la indemnización por reparación del daño, a través de una compensación subsidiaria del Estado.
El artículo segundo de la ley precisa los objetivos de la misma: reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, restitución de sus derechos violados, debida diligencia, no repetición y todos los demás derechos consagrados en ella, en la Constitución, en los tratados internacionales de derechos humanos y demás instrumentos en la materia
.
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de enero, los artículos transitorios indican que la Ley General de Víctimas entrará en vigor 30 días después de su publicación, es decir, el 8 de febrero.
Ordena que el reglamento de esta norma deberá expedirse dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigor: a más tardar el 8 de agosto próximo.
La ley prevé la creación de un Sistema Nacional de Ayuda, Atención y Reparación Integral de Víctimas
, lo cual deberá ocurrir dentro de los 90 días naturales a partir de la entrada en vigor de la ley.
Este último punto es parte del análisis que realiza actualmente el gobierno federal porque deberá calcular los recursos necesarios para hacer efectiva la ley, en especial a quienes reclamen reparación del daño.
El abogado Julio Hernández Barros, asesor del Movimiento por la Paz, explicó hace algunos días que el Estado pagará la indemnización subsidiaria en los casos en que la víctima o sus familiares lo requieran. Otro de los cambios previstos en lo que será la primera reforma de esta nueva ley se relaciona con los requisitos de las víctimas que pueden recibir la compensación solidaria
de 980 mil pesos.
Señaló que es necesario diferenciar entre la reparación directa, como obligación del Estado, y la que ocurre en casos de violación a derechos humanos, así como de los crímenes cometidos por la delincuencia organizada.
La enmienda se prepara en la Procuraduría General de la República, cuyo titular, Jesús Murillo Karam, fue el artífice, junto con el Movimiento por la Paz, de la ley que Calderón trató de invalidar por la vía de la Suprema Corte.
Los transitorios de la ley indican que después de integrarse el sistema se formará una comisión ejecutiva de atención a víctimas, con la participación de nueve consejeros. A su vez, los congresos locales deberán armonizar sus leyes y reglamentos, lo mismo que las autoridades relacionadas con la atención a víctimas, incluyendo la generación de protocolos en materia pericial y los ajustes presupuestales a que haya lugar.