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El delito prescribió, al igual que el de falsedad en declaraciones

El ex secretario de Seguridad no puede ser castigado por abuso de autoridad
 
Periódico La Jornada
Jueves 31 de enero de 2013, p. 14

Los delitos de abuso de autoridad y falsedad en declaraciones que se le podrían imputar a Genaro García Luna –ex secretario de Seguridad Pública federal– y a Luis Cárdenas Palomino –ex jefe operativo de la Agencia Federal de Investigación (AFI)– por el caso Florence Cassez, ya han prescrito de acuerdo con las leyes penales mexicanas, aunque aún es posible que la Procuraduría General de la República (PGR) investigue si los ex funcionarios incurrieron en delitos contra la administración de la justicia, a los cuales aún se puede recurrir, informaron fuentes ministeriales y abogados penalistas entrevistados por La Jornada.

En tanto, desde el año 2005 en que la AFI capturó a Cassez en compañía de su novio Israel Vallarta Cisneros, ningún miembro de la banda de secuestradores Los Zodiaco, entre ellos el propio Vallarta, ha sido sentenciado y, por tanto, no existe un veredicto judicial sobre la existencia de este grupo criminal, informaron fuentes judiciales cercanas al caso.

El abogado especialista en derecho penal y sanitario, Jesús Alberto Guerrero Rojas, sostuvo que está perfectamente acreditado que García Luna incurrió en abuso de autoridad por las violaciones al debido proceso de Cassez, aunque ese delito ya está prescrito.

Guerrero Rojas, con maestría en derecho penal y en derecho administrativo, refirió que el caso Cassez no debe verse como un tema de nacionalismo, en el que se impuso Francia sobre México, sino como una llamada de atención para los servidores públicos que no están haciendo bien su trabajo en materia de seguridad pública, procuración e impartición de justicia.

De su lado, funcionarios de la PGR consultados ayer indicaron que esa dependencia investigó desde 2006 el presunto abuso de autoridad de elementos de la Agencia Federal de Investigación (AFI) en la captura de Florence Cassez y de Israel Vallarta; sin embargo, nunca se procedió penalmente.

Durante siete años, la PGR nunca consideró que hubiese delito en el montaje televisivo derivado del caso Cassez, no obstante que ahora la Suprema Corte dejó en claro que de esa circunstancia derivan las principales violaciones a los derechos humanos de la ciudadana francesa.

La PGR ahora ya no puede consignar a los acusados por abuso de autoridad, pues el plazo para sancionarlo es de 4 años y 6 meses, según el Código Penal Federal. Tampoco podría actuar por el delito de falsedad en declaración, por mentir en el parte informativo, prescrito 6 años después de la denuncia. El plazo de prescripción del primer delito ocurrió en febrero de 2011 y el segundo en agosto de 2012.

Si la PGR decide actuar deberá hacerlo mediante otras figuras penales, entre ellas delitos contra la administración de la justicia, expuso Guerrero Rojas.