Determinó la nulidad de 12 puntos porque transgreden el orden público y el interés social
El fallo genera una cultura jurídica para que proveedores cumplan obligaciones y un equilibrio con los poderes fácticos: Profeco
En 2011 se recibieron más de 2,500 quejas contra la empresa
Jueves 17 de enero de 2013, p. 24
La compañía Sky, filial de la televisora Televisa, incurrió en abusos y en un trato inequitativo en perjuicio de los consumidores en las cláusulas estipuladas en los contratos por la prestación del servicio de televisión de paga, resolvió este miércoles el juzgado octavo de distrito en materia civil.
El fallo del juzgado declara nulas 12 cláusulas, cuatro obligaciones relacionadas con los consumidores, seis cláusulas sobre arrendamiento del equipo receptor de señal y cuatro por concepto de comodato de ese equipo, todas contenidas en los contratos de adhesión que firman los clientes de Sky, señala el expediente 435/2011.
La sentencia adversa a la firma concluye que las disposiciones señaladas en los contratos de prestación de servicios efectivamente transgreden disposiciones de orden público e interés social
. De esta manera dio la razón a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en su demanda interpuesta contra Sky, luego de haber recibido más de 2 mil quejas por cobros y penalizaciones consideradas indebidas.
El subprocurador jurídico de la dependencia, Rafael Ochoa Morales, afirmó este miércoles que el fallo resulta favorable para los consumidores, y genera una cultura jurídica en el cumplimiento de las obligaciones por parte de los proveedores
y un equilibrio con los poderes fácticos
.
En la resolución del juzgado se indica que Sky pacta en los contratos la obligación del cliente de tener una permanencia mínima necesaria de un año con los servicios de televisión de paga, forzando al suscriptor a firmar, para garantizar la obligación, un pagaré que no especifica la cantidad líquida por la cual se está suscribiendo
.
Se obliga al suscriptor a pagar el importe de una membresía anual por el servicio y lo obliga a elegir entre el costo de la programación mensual en cada equipo contratado o una penalización cuyo monto era dado a conocer hasta la solicitud de baja.
En este caso no se estipula el monto de la penalización ni tampoco se consideran las bases para cuantificarla. El contrato tampoco señala la cantidad mensual que deberá pagar el consumidor si decide pagar la penalización.
Entre otras cláusulas declaradas nulas por el juzgado están la penalización al cliente por falta de pago con intereses moratorios con base en la tasa interbancaria, además de que Sky se libera de una bonificación en caso de pérdida del servicio por un tiempo inferior a las 24 horas, y porque impone a los suscriptores la obligación de autorizar a Sky usar y compartir con terceros los datos contenidos en el contrato para fines mercadológicos
.
La sentencia fue notificada personalmente a la empresa identificada como Corporación Novavisión SdeRL de CV, comercialmente conocida como Sky, como parte del litigio promovido por la Profeco.
El veredicto del juzgado podría ser modificado o confirmado por un tribunal unitario, en caso de que los representantes de Sky promuevan un recurso de apelación. Si la sentencia emitida es confirmada, entonces las cláusulas del contrato serán declaradas ilegales y dejarán de ser aplicables a los clientes de la empresa de televisión de paga.
El funcionario de la Profeco dijo en entrevista que existen los recursos jurídicos para que Sky realice una estrategia, pero la dependencia considera que en una segunda parte del juicio los consumidores afectados podrían exigir una indemnización monetaria.
Si se acredita el daño, sí
, respondió Ochoa Morales al preguntarle si los clientes tienen opción de demandar a la compañía un resarcimiento económico.
Sólo en 2011 la Profeco y la Comisión Federal de Telecomunicaciones recibieron más de 2 mil 250 quejas contra Sky, dijo el subprocurador.