La reforma cumple estándares internacionales: ONG promotora
Miércoles 14 de noviembre de 2012, p. 38
Monterrey, NL., 13 de noviembre. El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad reformas para tipificar como delito grave la desaparición forzada de personas y sancionarla con penas hasta de 40 años de prisión.
Las modificaciones al Código Penal de la entidad, propuestas por la organización civil Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (Cadhac) en la pasada Legislatura, fueron avaladas por la comisión de justicia y seguridad pública. Posteriormente el pleno las aprobó, entre gritos de júbilo de familiares de desaparecidos.
A la sesión acudieron el procurador general de Justicia del estado, Adrián de la Garza; la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Minerva Martínez, y Consuelo Morales, presidenta de Cadhac.
El artículo 432 del Código Penal estipula que comete desaparición forzada el servidor público o el particular que, actuando con autorización, apoyo, consentimiento, conocimiento o dirección de aquél u otro servidor público, detenga, arreste, aprehenda o prive de la libertad en cualquier otra forma a una persona o facilite tal privación, se niegue a reconocerla u oculte el paradero de la víctima, con lo cual se impida el ejercicio de los recursos legales y las garantías procesales procedentes.
Este delito se considera permanente hasta que se establezca el paradero o destino de la víctima. Si durante la comisión del delito se cometiera otro contra la víctima se aplicarán las reglas de concurso
, dice.
Esta norma cumple los estándares internacionales de los tratados firmados por México, señaló Morales Elizondo, principal promotora de la iniciativa, quien ha acompañado a familiares de víctimas tanto en las búsquedas como en los procesos judiciales para indagar las desapariciones.