Miércoles 14 de noviembre de 2012, p. 35
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer tres amparos a la empresa sueca Ericcsson AB en los que reclamaba la devolución de más de 220 millones de pesos, por concepto del pago del impuesto sobre la renta (ISR), correspondiente a los ejercicios fiscales 2005, 2006 y 2007. Por unanimidad, los ministros rechazaron la demanda de la empresa sueca, la cual impugnaba las sentencias emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. La compañía, cuya matriz está en Suecia, aseguraba que procedía la devolución de impuestos en razón de que no tenía obligación de retener y enterar dichas cantidades por tratarse de pagos al extranjero que no tendrían que ser consideradas fiscalmente como regalías sujetas al ISR
. La Corte concluyó que la legislación tributaria nacional es aplicable a la empresa sueca con residencia en el extranjero (cuya obligación tributaria en México deriva exclusivamente de que aquí se encuentra su fuente de riqueza), que recibió pagos por concepto de regalías (venta del software para conmutadores) por parte de la empresa residente en territorio nacional Ericsson Telecom SA de CV. En los tres amparos, la quejosa presentó prácticamente los mismos argumentos.