La respuesta a la petición tarda de tres a seis meses; la SCT podrá continuar el proceso
Miércoles 5 de septiembre de 2012, p. 39
Los abogados de Grupo MVS solicitaron este martes a un tribunal colegiado de circuito que revise la resolución de la juez federal Rafaela Franco Flores, quien ayer negó a la empresa la suspensión definitiva para frenar el procedimiento de rescate de la banda de 2.5 Ghz, iniciada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el mes pasado.
Estos recursos de revisión en segunda instancia judicial tardan en resolverse entre tres y seis meses, tiempo en cual la SCT podrá seguir adelante con el procedimiento y, en su caso, declarar el rescate de la banda.
Apenas hace dos días, la juez federal Rafaela Franco negó a Grupo MVS la suspensión definitiva para frenar el procedimiento de rescate de la banda de 2.5 gigahercios.
Esta impartidora de justicia, titular del juzgado quinto de distrito en materia administrativa, confirmó el criterio que sostuvo al negar la suspensión provisional a la empresa, en el sentido de que el interés público en el reordenamiento y modernización de los usos de la banda de 2.5 es más importante que el interés particular de MVS por conservar sus concesiones.
Del oficio de 6 de agosto de 2011 (de SCT) se advierte que el inicio del procedimiento para el rescate de la banda 2.5 GHz tiene como finalidad la introducción de nuevas tecnologías móviles de tercera y cuarta generación (voz, datos, video e Internet de banda ancha) tomando como base las necesidades del país, así como para fomentar la competencia y libre concurrencia en el sector de las telecomunicaciones
, resolvió la juzgadora.
De concederse la medida cautelar para el efecto de que se suspenda el procedimiento de rescate, o para impedir que se dicte resolución en éste, se afectaría el interés social y se contravendrían disposiciones de orden público
, puntualizó.
La juez admitió que al no concederse la suspensión, MVS está en riesgo de sufrir un perjuicio que podría no ser reparable si, al dictar sentencia en el expediente principal del juicio de amparo, se resuelve que la SCT actuó ilegalmente.