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Olga Sánchez propone que el caso sea turnado a un juzgado de distrito en materia penal

Analiza hoy la Corte el caso del soldado que mató al civil Bonfilio Rubio Villegas en 2009

Un juez federal deberá homologar el delito del que se acusó en el fuero de guerra a Valentín Alejo

 
Periódico La Jornada
Lunes 13 de agosto de 2012, p. 9

Los soldados que maten o hieran a civiles en retenes militares deben ser juzgados por el fuero ordinario (federal), aun cuando la agresión haya ocurrido durante actos de servicio, establece el proyecto de dictamen que discutirá este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En el contexto de la discusión que llevan a cabo los ministros sobre los límites del fuero de guerra, el documento señala que bajo ninguna circunstancia la justicia castrense podrá conocer de violaciones a derechos humanos en contra de civiles.

Después de que el pleno de ministros determinó la semana pasada que los delitos cometidos por militares en agravio de civiles deben ser llevados al fuero ordinario, este lunes los juzgadores continuarán el análisis del fuero militar con el conflicto competencial en el que se revisará dónde debe ser juzgado el soldado de infantería Valentín Alejo Hilario, acusado de haber causado la muerte del civil Bonfilio Rubio Villegas en un retén militar en una carretera de Tlapa de Comonfort y Huamuxtitlán, Guerrero, el 20 de junio de 2009.

El proyecto elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero propone que el asunto sea turnado a un juzgado de distrito en materia penal, para garantizar de esa manera que los deudos de la víctima civil participen en el proceso penal no sólo para efectos de la respectiva reparación del daño, sino también para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia.

Sánchez Cordero señala que, en razón de que el Supremo Tribunal Militar ya dictó auto de formal prisión por homicio culposo, el juez federal al que se le turne el caso tendrá que homologar el delito del que se le acusó en el fuero de guerra a un delito federal, para determinar el tipo penal y el delito por el que será juzgado.

Los elementos del tipo penal

El acusado, añade la ministra, deberá conocer la forma en que se determinó su nueva situación jurídica, según el delito que se le impute y los elementos del tipo penal, para que se defienda conforme a le ley.

Estos hechos datan del 20 de junio de 2009 en el retén militar ubicado en el crucero de Santa Cruz, municipio de Tlapa de Comonfort, donde se marcó el alto a un camión de pasajeros.

Durante la inspección, los soldados se dieron cuenta de que un civil portaba botas militares de la Secreataría de la Defensa Nacional, correspondientes a la segunda ministración 2008. El chofer del camión cerró intempestivamente la puerta y arrancó la unidad, intentando arrollar al personal militar, indica el expediente, el cual agrega que, en respuesta, varios soldados dispararon, entre ellos Alejo Hilario.

El disparo impactó en el medallón del camión y, al penetrar por el respaldo del asiento en el que iba sentada la víctima, le causó lesiones que le ocasionaron la muerte.

Uno de los disparos que hizo Alejo mató al civil Bonfilio Rubio Villegas.

En su momento las procuraduría General de Justicia de Guerrero y la Militar iniciaron sus respectivas averiguaciones previas; posteriormente el Ministerio Público estatal declinó su competencia y envió el expediente a su homólogo castrense, el cual ejerció acción penal.

El 15 de agosto de 2009, el juez sexto militar dictó auto de formal prisión por el delito de violencia contra las personas causando homicidio, previsto y sancionado por el Código Militar; sin embargo, el 21 de abril de 2010 el Supremo Tribunal Militar reclasificó el delito por el de homicidio culposo, también previsto en la legislación castrense.

Una vez que el pleno resuelva este conflicto competencial, empezará la discusión de los 28 amparos relacionados con el fuero de guerra.