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Ordena comenzar un proceso sancionador contra Paredes por actos anticipados de campaña

Confirma el TEDF el cómputo de los diputados plurinominales

Resuelve el tribunal 250 juicios de impugnación, entre ellos los del PT, que buscaba que se le asignaran más legisladores

Anula resolución del IEDF que había desechado queja contra el tricolor

 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de julio de 2012, p. 34

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) confirmó ayer los cómputos de la elección de diputados de representación proporcional al resolver ayer más de 250 juicios de impugnación de la elección del pasado primero de julio y ordenó, además, al Instituto Electoral local (IEDF) comenzar un proceso administrativo sancionador contra PRI, PVEM y su candidata común a jefa de Gobierno, Beatriz Paredes, por actos anticipados de campaña.

Entre los juicios que resolvieron los magistrados electorales en sesión pública están los 26 promovidos por ciudadanos, uno de ellos contra la elección de jefe de Gobierno, 10 contra elecciones delegacionales y el resto contra votaciones de diputados locales, todos ellos desechados por carecer de interés jurídico para interponer las impugnaciones.

En el juicio sobre la queja contra Paredes Rangel y los partidos que la postularon, el PRD ingresó en el IEDF un recurso de queja el pasado 3 de julio por actos anticipados y anexó como pruebas varias testimoniales certificadas ante notario público –la primera de ellas con fecha 14 de mayo– sobre propaganda de la priísta en establecimientos mercantiles.

La Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del IEDF desechó la queja al considerar que el partido presentó el escrito fuera del plazo de 30 días que tenía para denunciar a partir de que tuvo conocimiento del hecho.

El TEDF consideró que el órgano administrativo tomó indebidamente la fecha del acta notarial para determinar el plazo, cuando el partido en ningún momento especificó que tuvo conocimiento del hecho en esa misma fecha, por lo que ordenó al IEDF que emprenda el procedimiento correspondiente para determinar si se violó la norma electoral reclamada por el PRD.

En cuanto al cómputo de la elección de diputados de representación proporcional, los magistrados desecharon por mayoría de cuatro votos contra uno 84 recursos de impugnación que presentó el PT contra los resultados en los 40 distritos electorales y con ello la pretensión de dicho partido de obtener más curules en la Asamblea Legislativa, adicionales a los cinco que ganó por mayoría relativa.

El PT reclamó que los votos considerados válidos para los candidatos que compitieron en candidatura común, e inválidos para los partidos cuando el elector marcó más de una opción, debieron distribuirse entre los partidos que integraron dicha candidatura, tal como se hizo en la elección federal.

El TEDF consideró el agravio infundado, al advertir que el artículo 365 del código electoral del DF señala como base que se contará como un voto válido para el candidato común, la marca o marcas que haga el elector dentro de uno o varios cuadros o círculos en los que se contenga el nombre o nombres de los candidatos comunes y el emblema de los partidos políticos o coaliciones, de tal modo que a simple vista se desprenda, de manera indubitable que votó a favor de determinado candidato o fórmula postulado en común. En este caso se contará voto válido para el candidato o fórmula pero nulo para los partidos políticos o coaliciones postulantes.