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Es la primera vez que el máximo tribunal declara inconstitucional una ley no tributaria

Falla SCJN en favor de comercios; no darán estacionamiento gratuito

Fija plazo de 90 días para que la Asamblea Legislativa derogue norma

Tribunal colegiado resolvió de manera consecutiva los amparos solicitados contra la medida aprobada por diputados

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación emplazó ayer a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a que en un plazo máximo de 90 días naturales derogue la norma que obliga a los comercios a proporcionar estacionamiento gratuito a sus clientes por un lapso de dos horasFoto Alfredo Domínguez
 
Periódico La Jornada
Viernes 8 de junio de 2012, p. 43

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emplazó ayer a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) a que en un plazo máximo de 90 días naturales derogue la norma que obliga a los comercios a proporcionar estacionamiento gratuito a sus clientes por un lapso de dos horas, y después de ese tiempo otorgar una tarifa preferencial respecto del costo normal.

Con esta decisión, el máximo tribunal aplicó por primera vez el procedimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad respecto de una ley no tributaria, después de que el decimosexto tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito resolvió de manera consecutiva los amparos en contra de la citada norma del artículo 10, apartado A, fracción XIV, párrafos segundo y tercero de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

Cabe señalar que la reforma constitucional de junio del año pasado a la fracción segunda del artículo 107 de la Carta Magna, dejó asentado que cuando tribunales federales establezcan fallen de manera reiterada en contra de una ley, la Suprema Corte notificará a la autoridad correspondiente –en este caso la Asamblea Legislativa del Distrito Federal– para que en un plazo de 90 días naturales la modifique; de lo contrario, el pleno de ministros está facultado para declarar la inconstitucionalidad general y la no aplicación del artículo en cuestión, siempre y cuando ocho de los 11 ministros voten en ese sentido.

La Suprema Corte recibió hace unos días la notificación del tribunal colegiado citado en la que le daba a conocer las sentencias reiteradas en este asunto para efecto de que iniciara el trámite correspondiente.