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La Corte Suprema de Argentina exige su desmonopolización

Da plazo la justicia hasta el 7 de diciembre al Grupo Clarín para acatar la ley de medios
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 23 de mayo de 2012, p. 27

Buenos Aires, 22 de mayo. La Corte Suprema de Justicia de Argentina dio un plazo hasta el próximo 7 de diciembre para el vencimiento de una medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín que suspendió en forma temporal el artículo 161 de la ley de servicios de comunicación audiovisual, promulgada por el Congreso en 2008.

El grupo Clarín deberá cumplir con el artículo mencionado que impuso un plazo para adecuarse a la desmonopolización. Esto indica que deberá desinvertir en este caso ya que el grupo tiene una multiplicidad de licencias.

La Corte Suprema de Justicia también advierte que la desinversión no afecta la libertad de expresión en el país y que las medidas cautelares, como en este caso, son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica.

Se le han dado ya 36 meses al Grupo Clarín para cumplir con el artículo 161 de la ley, pero es imposible no establecer un plazo a este incumplimiento de la legislación lo que significa atrasar el proyecto de democratización de la información en el país.

Los medios de comunicación poderosos han buscado una serie de instancias jurídicas para retrasar la medida ya que debido a la característica de esta legislación, cuyo proyecto fue trabajado durante más de 20 años por universidades, sindicatos de periodistas, profesionales, estudiantes y otros actores de la sociedad civil, lo que le dio una connotación participativa que fue altamente democratizadora de ese importante sector.

El más alto tribunal argentino aclaró que debido a que la demanda del Grupo Clarín para solicitar la medida cautelar estaba dada en el contexto del derecho de defensa de la competencia (contenido patrimonial) no se abordó la supuesta afectación a la libertad de expresión, ya que en la causa no hay más que una mención al tema y sin elemento probatorio.

También se recordó que el plazo de desinversión para otros medios de comunicación venció el 28 de diciembre de 2011, después de dos prórrogas de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

También se advierte en la resolución que no puede dejarse en manos de la parte beneficiada por la medida cautelar el momento en que debe comenzar el cómputo de razonabilidad de su vigencia, porque se daría lugar a especulaciones procesales que no solamente resultarían incompatibles con la buena fe que debe guiar a las partes, sino que afectan seriamente la seguridad jurídica.

La Corte Suprema de Justicia señaló que cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la justicia señalado en el propio Preámbulo de la Constitución Nacional argentina.

Desde el primero de octubre de 2009 comenzó el accionar del Grupo Clarín para tratar de detener la aplicación de la ley de medios, lo que comenzó creando una especie de limbo jurídico, donde una legislación que tiene enormes beneficios para la sociedad al democratizar la utilización de los medios de información, promulgada por el Congreso y el Ejecutivo, no podía cumplirse a pleno.

Los beneficios de lo actuado ya se puede ver en las emisoras que manejan por primera vez comunidades indígenas del país, que pueden tener su propia voz y transmitir sus noticias y demandas en forma directa sin intermediarios.

Lo mismo sucede con otros sectores de la sociedad argentina, pero la falta de cumplimiento y las estrategias de retraso de los grandes medios de comunicación impiden una gran cantidad de proyectos que diversos sectores de la sociedad han preparado, debido a lo cual en los últimos tiempos éstos demandan el cumplimiento estricto de la justicia y el acatamiento irrestricto de la ley por parte de los poderosos.