Política
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Lo que estipula la ley
 
Periódico La Jornada
Domingo 25 de marzo de 2012, p. 12

Artículo 219 del Cofipe: De la totalidad de solicitudes de registro, tanto de las candidaturas a diputados como de senadores que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el Instituto Federal Electoral, deberán integrarse con al menos 40 por ciento de candidatos propietarios de un mismo género, procurando llegar a la paridad.

Sin embargo, una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (30 de noviembre de 2011) elimina en los hechos el párrafo segundo del artículo mencionado, que exceptuaba de la cuota de género las candidaturas de mayoría relativa, resultado de un proceso de selección democrático.

La sentencia del tribunal establece que en las fórmulas encabezadas por mujeres deberá colocarse al suplente del mismo género para evitar el fenómeno de las Juanitas, es decir, cuando el aspirante titular era mujer sólo por cumplir con la cuota y renunciaba para dejar en el escaño al suplente varón. Por tanto, ahora cada partido político deberá presentar, como mínimo, 120 aspirantes a diputados del mismo género y 26 a senador.