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Endurece sanciones y tipifica como delito grave el tráfico internacional de esos bienes

Aprueba el Senado reformas a 11 artículos de la ley del patrimonio cultural de México
 
Periódico La Jornada
Miércoles 8 de febrero de 2012, p. 5

El pleno del Senado como cámara de origen aprobó ayer, por unanimidad, reformas a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y al Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que se incrementan las sanciones económicas y penales a quienes afecten, destruyan o se apropien de monumentos arqueológicos o históricos, y tipifica como delito grave el tráfico internacional de bienes culturales.

La presidenta de la Comisión de Educación, la senadora panista María Teresa Ortuño, se congratuló de que después de cuatro años y medio podamos estar aprobando este dictamen para proteger el patrimonio cultural.

El origen de esta reforma son ocho iniciativas que provienen de senadores y grupos parlamentarios, además de una del Congreso de Tabasco.

Resaltó que las modificaciones que este martes aprobaron ordenan la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional, al incorporar un procedimiento que permita a los gobernados una adecuada defensa ante los actos de autoridad y el respeto de sus bienes, además de que regulan los procedimientos de declaratorias de monumentos o zonas de monumentos y su expedición.

De igual forma, precisó la legisladora, con esas modificaciones se robustece la protección del patrimonio cultural subacuático, es decir, las disposiciones sobre monumentos y zonas arqueológicos serán aplicables a buques, naves o cualquier otro medio de transporte acuático o parte de éstos localizado en las zonas marinas de México, así como sus cargamentos y sus contenidos que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, al menos durante cien años.

Ortuño precisó que la reforma legislativa considera además la imposición de sanciones por daños causados a bienes e inmuebles históricos y califica como delito grave el tráfico internacional de bienes culturales.

Defensa de la riqueza cultural

La senadora del PRD, María Rojo Incháustegui, una de las autoras de las ocho iniciativas, dijo ante el pleno que estas reformas precisan la participación ciudadana y comunitaria en la defensa, promoción y protección del patrimonio cultural material, así como el incremento en las sanciones y penas corporales por daños ocasionados a bienes de este patrimonio.

Refirió que la inclusión de dichas conductas en el catálogo de delitos graves en el Código Federal de Procedimientos Penales se incorpora a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, un procedimiento para respetar la garantía de audiencia de quienes se consideren afectados por el inicio de una declaratoria de monumento o zona arqueológica.

Asimismo, dijo, se sancionan con mayor fuerza las conductas tipificadas en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, e incluye dichas conductas en el catálogo de delitos graves en el Código Federal de Procedimientos Penales.

Las sanciones penales se incrementan y van de tres a 15 años de prisión y las económicas de 3 mil a 5 mil días de salario mínimo.

La reforma aprobada modifica 11 artículos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y uno del Código Federal de Procedimientos Penales para endurecer las sanciones contra quienes sustraigan o dispongan para sí de un monumento, para quien efectúe traslado de dominio de un monumento, lo exhiba o transporte sin el permiso correspondiente.

También para quienes posean de manera ilegal un monumento arqueológico e histórico, para quien se apodere de los mismos sin permiso y para quien lo dañe, destruya o mutile.

Los cambios deberá aprobarlos la Cámara de Diputados.